Detalle de ayuda

Pagos directos a la agricultura y la ganadería — Campaña 2026 Cataluña

Convocatoria
Cataluña
30/04/2026
No especificado
BDNS 896583

Beneficiarios

quien

Agricultores y ganaderos, incluyendo jóvenes agricultores y agricultoras, que mantengan la actividad agraria y cumplan los requisitos de la normativa.

cultivos

Ámbito agroganadero general, incluyendo cultivos leñosos, cereales, legumbres, olivar, frutos secos, tomate, y ganadería bovina, ovina y caprina.

geografico

Cataluña

actividades

Pagos directos para el mantenimiento de la actividad agraria y ganadera, apoyo a la renta, ecorregímenes (pastoreo, rotación de cultivos, cubiertas vegetales, biodiversidad) y ayudas asociadas a producciones agrícolas y ganaderas. Ejecución: Campaña 2026.

Cuantía

maximo

Información no publicada

pres_total

100.000.000€

condiciones

Financiado al 100% por FEAGA. Reducción del 1% diario por presentación fuera de plazo. Posibilidad de anticipos del 50%. Ajuste proporcional en caso de insuficiencia presupuestaria.

importe_unidad

Los importes se determinarán posteriormente en función de las solicitudes presentadas, tipo de actuación o características técnicas, conforme a los baremos del Real Decreto 1048/2022.

Plazo de solicitud

Fin

30/04/2026. Para solicitudes de ayudas y derechos de la reserva de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, hasta el 31/05/2026 (con reducción del 1% por cada día hábil de retraso).

Inicio

Día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC). Se tramitan solicitudes presentadas a partir del 01/02/2026 (puesta en funcionamiento de la aplicación DUN).

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva - canónica

Condiciones especiales

No especificado

Requisitos principales

  • Estar en posesión de los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria de acuerdo con las bases reguladoras mencionadas en el apartado 1.1 de esta Resolución.

  • Las solicitudes deben presentarse de manera telemática y se tienen que formalizar por el medio que dispone el artículo 3 de la Orden ARP/24/2026, de 5 de febrero, por la que se establece y se regula la DUN 2026 (DOGC núm. 9602, de 11.2.2026).

  • Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación común, adicional y específica para cada tipo de ayuda que establece el anexo de la Orden ACC/30/2024, de 19 de febrero, sin perjuicio de la información y la documentación establecidas en el artículo 105 del Real decreto 1048/2022, así como la información y documentación general y adicional que dispone el anexo VI de la misma norma, y de la documentación que se establece en los artículos 7.1 y 8 de la Orden ARP/24/2026, de 5 de febrero, por la que se establece i se regula la DUN 2026 y se modifica la Orden ACC/30/2024, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la tramitación a partir de 2024 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayudas, así como sobre la gestión y el control de estos pagos.

  • El pago de la ayuda se efectúa después de comprobar que se cumplen los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria en los términos establecidos en la normativa reguladora de las ayudas.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

La documentación común, adicional y específica se detalla en el anexo de la Orden ACC/30/2024, el artículo 105 y anexo VI del Real Decreto 1048/2022, y los artículos 7.1 y 8 de la Orden ARP/24/2026 (DUN 2026).

canal

Presentación telemática según el medio establecido en el artículo 3 de la Orden ARP/24/2026 (DUN 2026).

Enlaces

Portal de Ayudas

Información no publicada

Sede Electrónica

Información no publicada

Alertas