Convocatoria de subvención en concurrencia competitiva para la Gestión Forestal y la Prevención de Incendios Forestales a Municipios (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Ayuntamientos de la provincia de Valencia.
cultivos
Sin cultivos específicos (Multisectorial).
geografico
Comunidad Valenciana, Valencia
actividades
Modalidad A: Inversiones en conservación, mantenimiento, mejora y aprovechamiento forestal municipal. Modalidad B: Inversiones en prevención de incendios forestales, incluyendo silvicultura preventiva, uso de ganadería extensiva y formación. Ejecución: 01/01/2026 a 27/07/2027.
Cuantía
maximo
119.614,62€ (importe preasignado más elevado según Anexo 9)
pres_total
8.000.000€ (2.000.000€ para Modalidad A y 6.000.000€ para Modalidad B)
condiciones
Compatible con otras ayudas. Pago anticipado del 85% y 15% final. En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente conforme a los criterios de reparto establecidos.
importe_unidad
15.000€/solicitud (Mod A), 20.000€/solicitud (PLPIF Mod B), 5.000€/solicitud (PLRPIF Mod B), Cuantía variable según baremo técnico (ver Anexo 9).
Plazo de solicitud
Fin
30/04/2026
Inicio
27/03/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Tipo de procedimiento: Concurrencia competitiva (baremo de puntos)
Condiciones especiales
Modalidad de prorrateo del importe máximo entre beneficiarios. Criterios de valoración: Modalidad A (Población, Planificación forestal, Espacios protegidos, Superficie MUP); Modalidad B (Población, Superficie forestal).
Requisitos principales
Ser un municipio de la provincia de Valencia con terrenos forestales en su término municipal.
Para la Modalidad A (Gestión Forestal), ser un municipio de menos de 20.000 habitantes y poseer un mínimo de 25 hectáreas de titularidad forestal municipal. Para la Modalidad B (Prevención de Incendios), tener aprobado por la Conselleria competente un Plan Local de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF) o un Plan Local Reducido de Prevención de Incendios Forestales (PLRPIF) antes del 15 de enero de 2026.
No haber recibido ayudas para las mismas actuaciones en las cinco convocatorias anteriores o en las ayudas de concesión directa de 2025. Las inversiones deben ser de naturaleza inventariable y mantener su destino durante 5 años para bienes registrables o 2 años para otros bienes.
No ser deudor de la Diputación de Valencia y disponer de la documentación técnica y de todos los permisos y autorizaciones necesarios para la ejecución de las actuaciones antes de su inicio.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
- Certificado del Secretario/a, o Secretario/a-Interventor/a de la entidad local (Anexo 1) - Declaración responsable de no estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario (Anexo 2). - Declaración responsable de no haber solicitado ayudas anteriores (Anexo 3). - Certificado de inversiones reales (Anexo 4). - Certificado de titularidad y/o disponibilidad de los terrenos (Anexo 5).
canal
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente mediante la sede electrónica de la Diputación de Valencia, “Carpeta ayuntamiento”, www.dival.es