Detalle de ayuda

Convocatoria de subvenciones a asociaciones de criadores para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas (Convocatoria 2026)

Convocatoria
España
Un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE
Información no publicada
BDNS 894160

Beneficiarios

quien

Asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

cultivos

Sector ganadero.

geografico

abierta en toda España

actividades

Conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas mediante programas de cría y actividades subvencionables del artículo 12 del RD 794/2021. Ejecución: desde la solicitud hasta el 31/12/2026.

Cuantía

maximo

Información no publicada

pres_total

4.750.000€

condiciones

Sujeto al Reglamento (UE) 2022/2472. Compatible con otras ayudas sin superar las intensidades máximas establecidas.

importe_unidad

Información no publicada. Las cuantías máximas por conceptos se determinan conforme a los baremos del artículo 13 del Real Decreto 794/2021.

Plazo de solicitud

Fin

Un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOE

Inicio

Día siguiente a la publicación del extracto en el BOE

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva

Condiciones especiales

Criterios de valoración conforme al artículo 13 del Real Decreto 794/2021: indicadores referidos a 31/12/2024 sobre número de animales inscritos en libros genealógicos, actividades de mejora genética, control de rendimientos y otras actuaciones de conservación de razas. Las asociaciones con ánimo de lucro deberán acreditar el cumplimiento del artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003 en un plazo de 10 días desde la notificación de la propuesta de resolución.

Requisitos principales

  • Ser una asociación de criadores oficialmente reconocida por el MAPA para la gestión de un programa de cría y no estar incursa en un procedimiento de retirada del reconocimiento oficial.

  • Tener la condición de PYME y no ser considerada empresa en crisis ni tener órdenes de recuperación de ayudas pendientes de la Comisión Europea.

  • Acreditar los indicadores establecidos en el artículo 13 del Real Decreto 794/2021, referidos a 31/12/2024, que determinan la cuantía máxima a conceder.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Cuantía total prevista por conceptos financiables (art. 12 RD 794/2021). Memoria explicativa de actividades y estimación de costes para 2026. Certificado de titularidad de cuenta bancaria. La lista completa puede consultarse en el apartado quinto de la convocatoria.

canal

Presentación electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

AlertasEnlace