Detalle de ayuda

Convocatoria de subvenciones para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (Convocatoria 2026)

Convocatoria
Andalucía
01/04/2026
Línea 7: 6.000€ por proyecto o actividad; Línea 8: 20.000€ por proyecto o actividad y concepto subvencionable.
BDNS 893560

Beneficiarios

quien

Línea 7: Empresas con sede en Andalucía (10 a 49 trabajadores). Línea 8: Ayuntamientos, entidades locales, mancomunidades, consorcios y sus entidades públicas vinculadas en Andalucía.

cultivos

Sin cultivos específicos (Multisectorial)

geografico

Andalucía

actividades

Línea 7: Elaboración y registro de planes de igualdad. Ejecución: desde solicitud hasta fin resolución. Línea 8: Ampliación horaria de centros socioeducativos y actividades lúdicas o culturales para menores de 12 años o dependientes. Ejecución: 01/01/2026 a 31/12/2026.

Cuantía

maximo

Línea 7: 6.000€ por proyecto o actividad; Línea 8: 20.000€ por proyecto o actividad y concepto subvencionable.

pres_total

Presupuesto total de la convocatoria: 1.700.000€. Línea 7 (elaboración de planes de igualdad): 150.000€; Línea 8 (actividades de conciliación): 1.550.000€.

condiciones

En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente, pudiendo minorarse la subvención concedida.

importe_unidad

Línea 7: hasta el 100% del presupuesto aprobado por proyecto o actividad; Línea 8: hasta el 100% del presupuesto aprobado por proyecto o actividad y concepto subvencionable.

Plazo de solicitud

Fin

01/04/2026

Inicio

18/03/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Procedimiento simplificado (orden de presentación hasta agotar crédito)

Condiciones especiales

-

Requisitos principales

  • Ser una empresa con sede social en Andalucía, no ser Administración Pública, y contar con un mínimo de 10 y un máximo de 49 personas trabajadoras contratadas.

  • El proyecto debe consistir en la elaboración de un plan de igualdad que cumpla los términos exigidos para los planes legalmente obligatorios y que sea inscrito en el Registro de Planes de Igualdad de las empresas, según el Real Decreto 901/2020.

  • La elaboración del plan de igualdad no debe ser una obligación impuesta por convenio colectivo ni por un acuerdo de la autoridad laboral en un procedimiento sancionador.

  • No haber sido condenada o sancionada por prácticas laborales discriminatorias o acoso sexual en los últimos cinco años. Los gastos subvencionables deben realizarse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Anexos I (formularios de solicitud) y II (alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos). La lista completa de documentos se puede consultar en el apartado 10.c) de los Cuadros Resumen.

canal

Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de las direcciones electrónicas del Catálogo de Procedimientos y Servicios.

AlertasEnlace