Convocatoria de Subvenciones para la recuperación y mejora de campos de cultivo en el Parque Agrario del Baix Llobregat (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas, incluyendo empresas, cooperativas y sociedades dedicadas al cultivo. También nuevos agricultores que inicien o sustituyan explotaciones. Pueden ser propietarios, arrendatarios o tener el dominio de uso del terreno.
cultivos
Sector agrícola, enfocado en el cultivo de campos, incluyendo frutales y otros cultivos.
geografico
Parque Agrario del Baix Llobregat
actividades
Recuperación de campos abandonados y mejora de campos preexistentes mediante: retirada de vegetación/escombros, acondicionamiento del terreno, mejora de fertilidad del suelo, instalación de riego/drenaje, aprovechamiento de energías renovables y protección de fincas/cultivos. Ejecución: 01/01/2026 a 31/12/2026.
Cuantía
maximo
8,00 €
pres_total
35,00 €
condiciones
En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente. Compatible con otras ayudas, sin superar el coste total del proyecto. El máximo individual de 5.000€ puede incrementarse hasta 8.000€ para agotar el presupuesto.
importe_unidad
100% del gasto total subvencionable para nuevas instalaciones; 85% del gasto total subvencionable para explotaciones existentes.
Plazo de solicitud
Fin
30 de abril de 2026
Inicio
el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria al BOPB
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva
Condiciones especiales
Criterios de valoración: Pagès/a, empresa, cooperativa o otra entidad agraria que recupera un campo abandonado o mejore un campo preexistente.
Requisitos principales
Ser persona física o jurídica legalmente constituida y dada de alta en actividad agraria.
Actuar sobre terrenos ubicados en el ámbito del Parc Agrari del Baix Llobregat (o fuera de este ámbito si pertenecen a municipios integrados en el Consorcio o forman parte de una explotación registrada en 'Producte Fresc del Parc Agrari del Baix Llobregat'). La superficie mínima del campo debe ser de 4.000 m2 (o 2.000 m2 en caso de nueva instalación o ampliación de explotación adyacente).
Compromiso de mantener cultivado el campo a recuperar o mejorar durante los próximos tres años (mínimo un cultivo anual).
En caso de disponer del campo en arrendamiento u otra forma contractual, presentar el documento que lo acredite firmado por la propiedad o la DUN-Declaración Agraria anual del año en curso o máximo la del año anterior. En caso de disponer del campo en propiedad, nota simple del Registro de la propiedad o copia compulsada de las escrituras de propiedad u otros documentos acreditativos de la titularidad.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Modelo ARC-S-2026, Escritura de constitución o Estatutos, NIF, declaración censal de alta de actividad, DNI del representante legal, poderes de representación, memoria de actuación, presupuesto, proyecto técnico y DUN. Ver artículo 5.
canal
Las solicitudes se presentarán de forma telemática a la dirección de correo electrónico: parcagrari@diba.cat. Las personas físicas pueden presentarlas telemáticamente o presencialmente en el Registro del Consorcio del Parc Agrari del Baix Llobregat.