Convocatoria de Pagos compensatorios por zonas de montaña en Castilla-La Mancha (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Autónomos y empresas agrarias activas en zonas de montaña y jóvenes agricultores incorporados.
cultivos
Sin cultivos específicos (Multisectorial)..
geografico
Castilla-La Mancha
actividades
Pagos compensatorios para apoyar la renta en explotaciones de zonas de montaña y evitar el abandono de tierras. Ejecución: Año 2026.
Cuantía
maximo
2.640€ (Cálculo según tramos: 5ha al 100%, 20ha al 75%, 25ha al 50%, 30ha al 25%).
pres_total
6.017.410,00 €
condiciones
Ayudas cofinanciadas por FEADER (65%), Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (24,5%) y Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación (10,5%). En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente.
importe_unidad
66€/ha, reducido según tamaño de la explotación (ver Anexo III de la Orden de bases).
Plazo de solicitud
Fin
Según establezca la Orden 6/2026 (Solicitud Única PAC 2026).
Inicio
05/03/2026 (Día siguiente a la publicación en el DOCM).
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva
Condiciones especiales
Sistema de prorrateo entre todas las entidades beneficiarias si el crédito es insuficiente. La concesión queda supeditada a la disponibilidad de fondos FEADER.
Requisitos principales
Ser titular de una explotación agraria en Castilla-La Mancha y ser agricultor activo. Para personas físicas, ser Agricultor a Título Principal (ATP) o que la explotación sea prioritaria. Los jóvenes agricultores incorporados en los 24 meses previos a la solicitud, a través de la Intervención 6961.1 del PEPAC, están exentos del requisito de ATP/explotación prioritaria, debiendo justificar su alta censal en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social antes de la finalización del plazo de solicitud. Para SAT, cooperativas o explotaciones de titularidad compartida, ser titulares de una explotación agraria calificada de prioritaria y comprometerse a desarrollar actividades agrarias conforme a la normativa europea.
Disponer de una superficie agraria útil mínima de 2 hectáreas, localizada en los términos municipales considerados zonas de montaña (Anexo I de la Orden de bases). Las superficies por las que se solicita la ayuda no deben estar en situación de abandono (sin actividad agraria) y deben ser de secano, excluyéndose las de regadío.
Para explotaciones ganaderas, mantener una carga ganadera mínima de 0,20 UGM por hectárea de superficie forrajera y una máxima de 2,4 UGM por hectárea de superficie forrajera.
Si está sujeto a normativa de prevención de riesgos laborales, disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales y no haber sido sancionado por faltas muy graves en esta materia en el año anterior. No haber sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias (Ley 4/2018), salvo que se acredite el cumplimiento de la sanción y la adopción de medidas para evitar la discriminación. No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Declaraciones responsables incluidas en el modelo de solicitud. Autorización expresa para la cesión de datos de naturaleza tributaria. Ver Anexo I de la Orden de bases (términos municipales) y Anexo II (tabla de conversión UGM).
canal
Sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Telemático).
Enlaces
Sede Electrónica
www.jccm.es/viad