Convocatoria de ayudas para la repoblación de ganado (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Autónomos y empresas, agrupaciones o comunidades de bienes, titulares de explotaciones de ganado.
cultivos
Ganado bovino, ovino y caprino.
geografico
Castilla-La Mancha
actividades
Ayudas para la compra o arrendamiento con opción a compra de animales para la repoblación de la explotación tras un vaciado sanitario. Ejecución: 29/11/2023 a 28/02/2026.
Cuantía
maximo
40.000€ por explotación
pres_total
65.000€ (ampliable en 20.000€ adicionales)
condiciones
Cofinanciado por el MAPA (hasta 50%) y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. IVA no subvencionable. Sujeta a baremos del Plan de Seguros Agrarios Combinados.
importe_unidad
Diferencia entre coste adquisición e indemnizaciones/seguros; limitado al 100% del valor de animales repuestos y 85% del valor de sacrificados; máximo 5% para ciertas edades.
Plazo de solicitud
Fin
15 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la BDNS de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
Inicio
Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la BDNS de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
Tipo de procedimiento
tipo
Tipo de procedimiento: Concurrencia competitiva (baremo de puntos)
Condiciones especiales
Criterios de valoración: Seguro Agrario, integración en agrupaciones de defensa sanitaria/cooperativas, reposición con razas puras inscritas en Libro Genealógico, incorporación de medidas adicionales de bioseguridad, titularidad mujer, profesionales de la agricultura y titulares de explotación territorial.
Requisitos principales
Haber realizado un vaciado sanitario del 100% del efectivo autorizado por la Consejería y cumplir los periodos de cuarentena antes de iniciar la repoblación con animales procedentes de explotaciones calificadas sanitariamente.
Estar inscrito en estado de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), disponer del libro de registro de explotación actualizado y tener la condición de PYME.
Mantener la actividad de la explotación y los animales objeto de la ayuda durante un periodo mínimo de dos años desde su adquisición e introducir el ganado en un plazo de 12 meses desde la autorización de reintroducción.
Presentar las facturas de compra de los animales con su justificante de pago efectivo, el certificado sanitario de traslado y, en caso de estar sujeto a la normativa, disponer de un plan de prevención de riesgos laborales.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Factura de compra, Certificado Sanitario, relación de números de Identificación Bovina o los Documentos de Identificación Bovina de los animales adquiridos objeto de la ayuda. Ver el punto 4 del apartado séptimo.
canal
Registro de los Servicios Centrales, las Delegaciones Provinciales y las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural o sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.