Convocatoria de las ayudas de reestructuración y reconversión de viñedo de la Región de Murcia (Convocatoria 2025)
Beneficiarios
quien
Viticultores y futuros viticultores con viñedos destinados a la producción de uva para vinificación.
cultivos
Sector vitivinícola (viñedo para producción de uva de vinificación).
geografico
Región de Murcia
actividades
Reestructuración y reconversión de viñedos: replantación (arranque, preparación suelo, plantación, espaldera), reconversión varietal (sobreinjerto) y mejora de técnicas de gestión (cambio de vaso a espaldera). Ejecución: Operaciones anuales o bienales para el año 2025.
Cuantía
maximo
Hasta 25 hectáreas reestructuradas por viticultor y convocatoria, lo que equivale a un máximo estimado de 76.607,75€.
pres_total
Información no publicada.
condiciones
Cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA). Las operaciones pueden ser anuales o bienales. La ayuda puede aumentar hasta un 20% para acciones con requisitos medioambientales adicionales. El pago está supeditado a la asignación de fondos.
importe_unidad
Ayuda a la inversión: 50% de los costes subvencionables (ver Anexo I, ej. hasta 2.650€/ha o 1,50€/planta). Compensación por pérdida de ingresos: 1.739,31€/ha. Contribuciones en especie: importes horarios de referencia (ver Anexo I bis).
Plazo de solicitud
Fin
Información no publicada
Inicio
Información no publicada
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva
Condiciones especiales
Criterios de valoración: joven agricultor, explotación de titularidad compartida, producción ecológica, seguro agrario.
Requisitos principales
Ser viticultor o futuro viticultor con viñedos ubicados en la Región de Murcia y destinados a la producción de uva para vinificación. Es necesario mantener actualizado el Registro de Explotaciones de la Región de Murcia y, si es agricultor profesional, acreditar su alta en el Régimen de la Seguridad Social correspondiente.
La superficie reestructurada no debe superar las 25 hectáreas por viticultor y convocatoria. Los recintos objeto de la ayuda no deben haber recibido subvenciones por la misma operación en las últimas 10 campañas y no podrán enajenarse durante la fase de ejecución de la operación.
El beneficiario debe comprometerse a mantener el cultivo de vid en la superficie reestructurada durante un m ínimo de diez años desde la campaña siguiente a la ejecución. Si la operación implica un cambio o mantenimiento en secano, se debe comprometer a no instalar sistema de riego durante 10 campañas. Además, se requiere autorización expresa del propietario o titular de la superficie si el solicitante no lo es y no se aceptarán acciones realizadas con materiales de segunda mano.
Presentar la solicitud oficial (Anexo II) y el Anexo II bis, junto con los Anexos IV, V, VIA, VIB, VII, VIII, IX, X (si se solicita anticipo), XIII (si aplica), certificado de titularidad bancaria, croquis (si procede), y la documentación de identidad (NIF/CIF y, para sociedades, escritura, estatutos y poderes) a través de la Sede Electrónica CARM. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 31 de marzo de 2025.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Anexos oficiales (II al VIII, XIII), NIF, escrituras, autorizaciones de propiedad, croquis, certificado bancario y alta en Seguridad Social. Declaraciones responsables incluidas en el modelo oficial. La lista completa se detalla en el Anexo II bis.
canal
Sede electrónica de la CARM mediante el procedimiento número 1844.