Convocatoria de subvenciones para acciones demostrativas de nuevas técnicas de producción en explotaciones agrarias (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Beneficiarios recogidos en el artículo 3 de la Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre. Se someterán a las obligaciones establecidas en la Orden AGM/74/2024 y resto de normativa aplicable.
cultivos
Ámbito agroganadero o agroalimentario general. Incluye sectores como viñedo, hortícola, frutícola, cereal, apicultura y ovino-caprino.
geografico
La Rioja
actividades
Acciones demostrativas de nuevas técnicas de producción en explotaciones agrarias.
Cuantía
maximo
40.000€ el primer año y 15.000€ los años posteriores por proyecto
pres_total
450.000€ (250.000€ en 2026; 100.000€ en 2027; 50.000€ en 2028; 50.000€ en 2029)
condiciones
Subvención del 100% de costes elegibles. Cofinanciado por el PEPAC 2023-2027. En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente. El presupuesto podrá incrementarse según disponibilidad.
importe_unidad
Importes máximos según actividad (ver Anexo II): Laboreo profundo 120€/ha; Asesoramiento 3.000€/año; Arrendamiento regadío 426,50€/ha; Vallado desde 8,05€/m; Laboreo superficial hasta 250€/ha.
Plazo de solicitud
Fin
20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja
Inicio
Día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva (baremo de puntos)
Condiciones especiales
Podrá ampliarse el crédito. Redistribución presupuestaria posible entre líneas. Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja. Criterios de valoración: viabilidad de la propuesta, calidad agroalimentaria, vinculación PEPAC, agricultura de precisión, equipo técnico, sanidad agraria, difusión. Puntuación mínima de 26 puntos. En caso de empate, prioridad por puntuación en viabilidad, calidad agroalimentaria, vinculación PEPAC; finalmente, fecha y hora de registro.
Requisitos principales
Podrán ser beneficiarios los recogidos en el artículo 3 de la Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre.
Junto a la solicitud se deberá presentar la documentación que se determina en el artículo 12 de la Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre.
Para la concesión de estas ayudas, que se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, se atenderá a los criterios de selección establecidos en el artículo 10 de Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre, definidos en el Anexo I. Aquellos solicitantes que no obtengan una puntuación mínima de veintiséis puntos no podrán beneficiarse de estas subvenciones.
El porcentaje de subvención será del 100% de los costes considerados elegibles. La cuantía máxima de ayuda a percibir será como máximo de 40.000 € durante el primer año de ejecución del proyecto, y de 15.000 € los posteriores en el caso de acciones demostrativas plurianuales.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
La solicitud (modelo normalizado) y la documentación determinada en el artículo 12 de la Orden AGM/74/2024, de 11 de octubre.
canal
Aplicación informática o dirección electrónica de internet habilitada, disponible en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.