Convocatoria de ayudas a Ayuntamientos para inventario de áreas degradadas (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
cultivos
Gestión y restauración ambiental de áreas degradadas, incluyendo zonas forestales, costeras, mineras, industriales, suelos erosionados/contaminados y focos de residuos.
geografico
Cantabria
actividades
Elaboración de un inventario y base de datos de áreas degradadas municipales, con información descriptiva, cartografía general y fichas de caracterización. Ejecución: seis meses desde la resolución de concesión.
Cuantía
maximo
14.000€ por entidad local
pres_total
100.000,00 €
condiciones
Cofinanciado por el FEDER al 60% dentro del Programa Cantabria 2021-2027. Compatible con otras ayudas sin superar los límites establecidos.
importe_unidad
Importe por unidad: 4.000€ + 10€/Km² de municipio + 60€ por (nº ámbitos + superficie degradada m²/10.000); hasta el 60% de los gastos subvencionables
Plazo de solicitud
Fin
1 mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOC
Inicio
Día siguiente a la publicación del extracto en el BOC
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva
Condiciones especiales
Las solicitudes se atenderán por orden de registro de entrada en caso de insuficiencia de crédito, priorizando por fecha y hora de presentación. Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Requisitos principales
Ser una entidad local de la Comunidad Autónoma de Cantabria y no incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener subvenciones. Además, no tener sanciones administrativas firmes pendientes en materia de medio ambiente.
El proyecto debe centrarse en la elaboración de un inventario de áreas degradadas para su integración en la Base de Datos de Áreas Degradadas (BDADs) de Cantabria. Este inventario debe incluir información descriptiva, cartografía general y fichas detalladas de las áreas, conforme al modelo del Anexo III.
La actividad subvencionable deberá completarse en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la resolución de concesión de la ayuda.
La solicitud debe ir acompañada de la instancia oficial (Anexo I), un certificado del acuerdo del órgano local competente para solicitar la subvención, un informe técnico municipal con el número y superficie estimada de los ámbitos a inventariar, una declaración responsable del Secretario Municipal sobre la ausencia de prohibiciones, y una declaración sobre otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma actividad.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Instancia (Anexo I), certificado del acuerdo municipal, informe técnico municipal, declaración responsable del Secretario Municipal (art. 12.2 Ley de Cantabria 10/2006), acreditación de obligaciones tributarias (Anexo II), declaración sobre otras ayudas.
canal
Presentación telemática a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (https://sede.cantabria.es/) o Registro Electrónico Común (REC).