Detalle de ayuda

Bases reguladoras de los programas de ayuda a las personas trabajadoras autónomas

Bases Reguladoras
Galicia
20:00 horas de 30 de septiembre de 2026
BDNS 884362

Beneficiarios

quien

Personas trabajadoras autónomas: desempleadas que inician o reemprenden actividad; autónomos consolidados y sociedades; adquirentes o transmisores de negocios por relevo generacional; y autónomos que contratan para conciliación familiar.

cultivos

Multisectorial, con apoyo específico para los sectores agrícola, ganadero y silvícola.

geografico

Galicia

actividades

Apoyo al inicio y mantenimiento del empleo autónomo; fomento del reemprendimiento; mejora de la competitividad mediante inversiones; fomento del relevo generacional de negocios; y ayudas a la conciliación familiar y laboral.

Cuantía

Plazo de solicitud

Fin

20:00 horas de 30 de septiembre de 2026

Inicio

09:00 horas del quinto día hábil posterior al siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia

Tipo de procedimiento

Requisitos principales

  • Tener cumplidos los 18 años y desarrollar la actividad empresarial o profesional en la Comunidad Autónoma de Galicia, con domicilio fiscal en Galicia.

  • Para el fomento del autoempleo y la segunda oportunidad, estar inscrito como demandante de empleo desempleado y carecer de ocupación efectiva en el momento del alta en el RETA o mutualidad. Para el inicio de actividad, no tener alta previa en los últimos 5 años (salvo autónomo colaborador). Para la nueva oportunidad, haber sido autónomo previamente, cotizado al menos 3 meses y con un mínimo de 6 meses de baja entre actividades.

  • Para la consolidación de negocios, tener una antigüedad superior a 42 meses en la actividad y cumplir con umbrales de rendimiento neto o facturación específicos del año anterior. Para el relevo generacional, adquirir un negocio con al menos 5 años de antigüedad, inscrito en la Bolsa de Remuda (con excepciones), cuya transmisión se deba a jubilación, incapacidad o fallecimiento del titular.

  • Para la conciliación de la vida personal y laboral, realizar contrataciones para sustitución por maternidad/paternidad, para el cuidado de menores/mayores/dependientes, o contratar servicios de cuidado para estas personas.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Anexo I.1, Anexo I.2, Anexo I.3, Anexo I.4 o Anexo I.5, según el programa. Ver capítulo correspondiente a cada programa.

canal

Presentación electrónica obligatoria a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

AlertasEnlace