Bases reguladoras de ayudas a inversiones en explotaciones agrícolas del Territorio Histórico de Bizkaia
Beneficiarios
quien
Titulares de explotaciones agrarias (personas físicas o jurídicas). Incluye agricultores a título principal (ATP), jóvenes (<41) y mayores (>41) que se incorporan al sector, y quienes acceden por relevo generacional. También personas físicas no ATP y explotaciones asociativas con ingresos agrarios mínimos de 3.500€.
cultivos
Ámbito agroganadero y forestal general, incluyendo cultivos agrícolas y cría de ganado.
geografico
Territorio Histórico de Bizkaia
actividades
Inversiones para modernizar y mecanizar explotaciones agrarias, mejorar sostenibilidad ambiental, seguridad laboral, higiene animal y calidad productiva. Incluye infraestructuras, maquinaria, software, riego, almacenamiento, edificios y eficiencia energética. Apoyo al relevo generacional. Ejecución: hasta 09/12/2026 (2026) y hasta 29/10/2027 (2027).
Cuantía
maximo
75.000€ /UTA, ajustado a las UTA reales de la explotación agraria; 50.000€ personas o entidades beneficiarias 5 f); 225.000€ (0-10 NLU); 300.000€ (10-15 NLU); 375.000€ (>15 NLU); 450.000€ (en compra de explotación); 600.000€ (ayudas a jóvenes)
pres_total
5.948.000€
condiciones
Intensidad de la ayuda de adquisición de la explotación: 65% (joven agricultor), 55% (41-48 años o empleado), 50% (familiar). Ayudas para el establecimiento de jóvenes agricultores o a la puesta en marcha de una empresa rural.
importe_unidad
Información no publicada
Plazo de solicitud
Fin
2026-09-16
Inicio
2026-02-16
Tipo de procedimiento
tipo
Procedimiento simplificado (orden de presentación hasta agotar crédito)
Condiciones especiales
Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria. Redistribución presupuestaria posible entre líneas en función de la demanda. El orden de resolución de las solicitudes se establecerá en dos líneas distintas, en función de si las personas solicitantes son ATP o no ATP.
Requisitos principales
Ser persona física o jurídica titular de explotaciones agrarias.
En caso de personas físicas, ser mayor de 18 años y estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social según la actividad agraria.
En el caso de explotaciones asociativas, al menos el 50% de sus miembros deben ser agricultores a título principal (ATP) y al menos el 50% de su capital social pertenezca a miembros que sean ATP.
La explotación debe estar inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias del Territorio Histórico de Bizkaia y cumplir la normativa vigente en materia de sanidad vegetal, de identificación y sanidad animal y de bienestar de los animales.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Memoria descriptiva, documentación técnica y licencias, presupuestos o facturas proforma, ficha de domiciliación bancaria y declaraciones responsables o autorizaciones específicas. Ver base 28 de la convocatoria.
canal
Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia (telemática) o presencialmente en Oficinas Comarcales Agrarias, Oficinas de Atención Ciudadana, registros forales y oficinas de Correos.