Convocatoria de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas de montaña en las Illes Balears (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas, o grupo de personas, que sean agricultores activos no pluriactivos, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro autonómico y con derecho a una ayuda superior a 300 euros.
cultivos
Ámbito agroganadero o agroalimentario general. Superficies de cultivos permanentes, cereales, pastos permanentes y otros cultivos herbáceos.
geografico
Alaró, Andratx, Banyalbufar, Bunyola, Calvià, Campanet, Deià, Escorca, Esporles, Estellencs, Fornalutx, Lloseta, Mancor de la Vall, Pollença, Puigpunyent, Selva, Sóller, Santa Maria del Camí y Valldemossa
actividades
Pago compensatorio para agricultores en zonas de montaña para compensar costes adicionales y pérdidas de ingresos. Mantenimiento de la actividad agraria. Ejecución: Año 2026
Cuantía
maximo
Información no publicada
pres_total
1.300.000€ (el presupuesto podrá incrementarse en función de la disponibilidad de fondos adicionales)
condiciones
Cofinanciado por FEADER (54%), MAPA (10,80%) y CAIB (35,20%). En caso de insuficiencia presupuestaria, el importe se ajustará proporcionalmente.
importe_unidad
Prima de 176€/ha. Modulación: hasta 25 ha (100% de la prima), de 25 a 50 ha (50%) y más de 50 ha (10%)
Plazo de solicitud
Fin
Inicio: 01/02/2026 | Fin: 30/04/2026 (89 días naturales)
Inicio
Inicio: 01/02/2026 | Fin: 30/04/2026 (89 días naturales)
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
El procedimiento se describe como concurrencia no competitiva. Sistema de prorrateo entre todos los solicitantes si el crédito es insuficiente.
Requisitos principales
Ser agricultor activo y no pluriactivo, obteniendo al menos el 50% de los ingresos totales de la actividad agraria.
Estar inscrito en el Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y disponer de parcelas ubicadas en los municipios de montaña elegibles.
Alcanzar un importe mínimo de ayuda de 300 € y mantener la actividad agraria y las condiciones de la explotación durante todo el año 2026.
Aportar la documentación acreditativa de ingresos (IRPF, IVA o Sociedades), el certificado de titularidad bancaria y, en su caso, la declaración de cosecha vitivinícola.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Documentación a adjuntar a la solicitud única: NIF, estatutos, acreditación de representación, documentación para agrupaciones, IRPF o modelos fiscales para ingresos, declaraciones juradas de producción (uva/propia), certificación de cumplimiento Ley 3/2004 (si aplica) y justificación de cuenta bancaria. Ver punto 3 del apartado sexto.
canal
Presentación por medios electrónicos junto con la solicitud única. FOGAIBA asistirá a personas físicas que no puedan acceder telemáticamente.