Detalle de ayuda

Convocatoria de ayudas de la solicitud única de la PAC (Convocatoria 2026)

Convocatoria
información no publicada
2026-04-30
Información no publicada.
BDNS 882041

Beneficiarios

Cuantía

maximo

Información no publicada.

pres_total

Información no publicada

condiciones

Información no publicada.

importe_unidad

Información no publicada

Plazo de solicitud

Fin

2026-04-30

Inicio

2026-02-01

Tipo de procedimiento

tipo

Concesión directa / Pagos a zonas con limitaciones naturales: Procedimiento simplificado de concurrencia competitiva

Condiciones especiales

Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón (www.aragon.es/pac).

Requisitos principales

  • Ser 'agricultor activo' y titular de una explotación agraria con la mayor parte de su superficie o animales en la Comunidad Autónoma de Aragón. Para las ayudas a zonas con limitaciones naturales (ZLN), el solicitante debe ser persona física, no percibir pensión de jubilación o incapacidad, estar afiliado a la Seguridad Social agraria y ser titular de una explotación agraria prioritaria o agricultor a título principal (ATP).

  • La explotación debe estar inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrícolas (REA) o en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) a la fecha de fin de plazo de presentación de la solicitud única, y cumplir con los registros de higiene en la producción primaria agrícola (Real Decreto 9/2015). Para la agricultura o ganadería ecológica, la explotación debe estar inscrita en el Comité Aragonés de Agricultura Ecológica.

  • Declarar la totalidad de las parcelas agrícolas de la explotación, que deben ser subvencionables, estar a disposición del agricultor y cumplir con las normas de condicionalidad durante todo el año natural. Los animales deben estar identificados y registrados según la normativa de sanidad animal en las fechas de elegibilidad. Para las ayudas asociadas a agricultores, la superficie mínima subvencionable es de 1 hectárea en secano y 0,5 hectáreas en regadío, salvo que se especifique lo contrario.

  • Cumplir con la condicionalidad reforzada (Real Decreto 1049/2022) y disponer de toda la documentación inherente a la gestión diaria de la actividad agraria. La presentación de la solicitud única y sus modificaciones debe realizarse obligatoriamente por medios electrónicos a través de las aplicaciones SGA-CAP o SGA-GPI.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Acreditación de representación (personas jurídicas), adjudicaciones de pastos públicos, documento de propiedad/arrendamiento para parcelas urbanas. Documentación adicional para reserva nacional (Anexo I) y cesión de derechos (Anexo II). Ver apartado Sexto para detalles.

canal

Presentación electrónica obligatoria vía SGA-CAP en la sede electrónica del Gobierno de Aragón. Alternativamente, Registro Electrónico General de Aragón (REGA) o registros del artículo 16.4 Ley 39/2015.

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