Detalle de ayuda

Bases reguladoras de subvenciones para proyectos de energías renovables de uso térmico residencial no urbano y selección de entidades colaboradoras 2026.

Bases Reguladoras
Galicia
13/03/2026
Biomasa 8.000€; Geotermia 10.000€; Aerotermia/Hidrotermia 2.500€; Solar térmica 2.000€. Multivivienda: 40.000€. (Límite minimis para sociedades patrimoniales: 300.000€ en tres años).
BDNS 881789

Beneficiarios

quien

Personas físicas, comunidades de vecinos y sociedades patrimoniales titulares de inmuebles residenciales. Incluye agrupaciones de personas físicas sin personalidad jurídica.

cultivos

Sector residencial y energías renovables.

geografico

Parroquias rurales o intermedias

actividades

Instalación de energías renovables térmicas: calderas de biomasa, bombas de calor (aerotermia, geotermia, hidrotermia) y paneles solares térmicos. Incluye adquisición de equipos, accesorios y montaje. Ejecución: hasta el 30/09/2026.

Cuantía

maximo

Biomasa 8.000€; Geotermia 10.000€; Aerotermia/Hidrotermia 2.500€; Solar térmica 2.000€. Multivivienda: 40.000€. (Límite minimis para sociedades patrimoniales: 300.000€ en tres años).

pres_total

1.950.000€

condiciones

Cofinanciado por FEADER (60%), C.A. (28%) y Estado (12%). Incompatible con otras ayudas. El presupuesto podrá incrementarse si existe disponibilidad de fondos adicionales.

importe_unidad

50% de los gastos subvencionables. Costes máximos: Biomasa (150€/kW-670€/kW); Geotermia (1.056€/kW-2.090€/kW); Hidrotermia (1.200€/kW); Aerotermia (900€/kW); Solar térmica (800€/m²-1.200€/m²).

Plazo de solicitud

Fin

13/03/2026

Inicio

09/02/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva (baremo de puntos). La concesión se resuelve por concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).

Condiciones especiales

Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o la web del Inega. Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria. En caso de agotar el presupuesto, se admitirán solicitudes en lista de reserva hasta nueva ampliación de fondos. Criterios de valoración: eficiencia del equipo generador, tipología de sistemas y combustible, sistema de limpieza, tipo de emisor, grado de utilización según uso, zona climática, ratio inversión/potencia, renta por habitante y reto demográfico.

Requisitos principales

  • Podrán ser beneficiarios las personas físicas, comunidades de vecinos y sociedades patrimoniales titulares de inmuebles de carácter residencial situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

  • Las actuaciones deben realizarse en parroquias definidas como rurales o intermedias de Galicia y no pueden haberse iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud.

  • Los proyectos deben consistir en instalaciones de biomasa (calificación ≥ C), bombas de calor (calificación ≥ A y SPF > 2,5) o solar térmica que cumplan con los rendimientos técnicos exigidos.

  • La tramitación de las solicitudes y la justificación de las inversiones deben realizarse obligatoriamente a través de una entidad colaboradora adherida al programa.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras

Proceso de solicitud

docs

Formulario normalizado (anexo IV), autorización (anexo V), documentación de titularidad, tres ofertas, memoria técnica. Ver artículo 13 de las bases.

canal

Presentación electrónica obligatoria a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) o en la página web del Inega (http://www.inega.gal).

AlertasEnlace