Bases reguladoras de subvenciones para proyectos de energías renovables de uso térmico residencial no urbano y selección de entidades colaboradoras 2026.
Beneficiarios
quien
Personas físicas, comunidades de vecinos y sociedades patrimoniales titulares de inmuebles residenciales. Incluye agrupaciones de personas físicas sin personalidad jurídica.
cultivos
Sector residencial y energías renovables.
geografico
Parroquias rurales o intermedias
actividades
Instalación de energías renovables térmicas: calderas de biomasa, bombas de calor (aerotermia, geotermia, hidrotermia) y paneles solares térmicos. Incluye adquisición de equipos, accesorios y montaje. Ejecución: hasta el 30/09/2026.
Cuantía
maximo
Biomasa 8.000€; Geotermia 10.000€; Aerotermia/Hidrotermia 2.500€; Solar térmica 2.000€. Multivivienda: 40.000€. (Límite minimis para sociedades patrimoniales: 300.000€ en tres años).
pres_total
1.950.000€
condiciones
Cofinanciado por FEADER (60%), C.A. (28%) y Estado (12%). Incompatible con otras ayudas. El presupuesto podrá incrementarse si existe disponibilidad de fondos adicionales.
importe_unidad
50% de los gastos subvencionables. Costes máximos: Biomasa (150€/kW-670€/kW); Geotermia (1.056€/kW-2.090€/kW); Hidrotermia (1.200€/kW); Aerotermia (900€/kW); Solar térmica (800€/m²-1.200€/m²).
Plazo de solicitud
Fin
13/03/2026
Inicio
09/02/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva (baremo de puntos). La concesión se resuelve por concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).
Condiciones especiales
Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o la web del Inega. Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria. En caso de agotar el presupuesto, se admitirán solicitudes en lista de reserva hasta nueva ampliación de fondos. Criterios de valoración: eficiencia del equipo generador, tipología de sistemas y combustible, sistema de limpieza, tipo de emisor, grado de utilización según uso, zona climática, ratio inversión/potencia, renta por habitante y reto demográfico.
Requisitos principales
Podrán ser beneficiarios las personas físicas, comunidades de vecinos y sociedades patrimoniales titulares de inmuebles de carácter residencial situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las actuaciones deben realizarse en parroquias definidas como rurales o intermedias de Galicia y no pueden haberse iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Los proyectos deben consistir en instalaciones de biomasa (calificación ≥ C), bombas de calor (calificación ≥ A y SPF > 2,5) o solar térmica que cumplan con los rendimientos técnicos exigidos.
La tramitación de las solicitudes y la justificación de las inversiones deben realizarse obligatoriamente a través de una entidad colaboradora adherida al programa.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Formulario normalizado (anexo IV), autorización (anexo V), documentación de titularidad, tres ofertas, memoria técnica. Ver artículo 13 de las bases.
canal
Presentación electrónica obligatoria a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) o en la página web del Inega (http://www.inega.gal).