Bases reguladoras de las ayudas a servicios modulares de asesoramiento especializado a empresas gallegas prestados por entidades colaboradoras (Programa Re-acciona) para el año 2026, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa Galicia FEDER2021-2027, y si procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG402A)
Beneficiarios
quien
Pymes gallegas, incluyendo agrupaciones de personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes, que soliciten servicios de asesoramiento especializado.
cultivos
Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos)
geografico
Galicia
actividades
Prestación de servicios modulares de asesoramiento especializado y apoyo avanzado a pymes, incluyendo gestión, comercialización y diseño, para mejorar su competitividad.
Cuantía
maximo
No aplicable en esta fase (bases reguladoras sin convocatoria)
pres_total
No aplicable en esta fase (bases reguladoras sin convocatoria)
condiciones
Cofinanciadas por la Unión Europea (Programa Galicia FEDER 2021-2027). Sujetas al régimen de minimis.
importe_unidad
No aplicable en esta fase (bases reguladoras sin convocatoria)
Plazo de solicitud
Fin
Información no publicada (se indicará en la convocatoria oficial)
Inicio
Información no publicada (se abrirá con la convocatoria oficial)
Tipo de procedimiento
tipo
Régimen de concurrencia no competitiva
Condiciones especiales
La concesión queda supeditada a la disponibilidad de fondos FEDER. Presentación y notificaciones exclusivamente telemáticas a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia-Notifica.gal.
Requisitos principales
Asumir medidas antifraude, cumplir la normativa comunitaria, estatal y autonómica aplicable (incluyendo subvenciones y accesibilidad), y poseer capacidad administrativa, financiera y operativa para el proyecto.
Cumplir la definición de PYME según el Reglamento (UE) nº 651/2014 y contar con un número total de empleados o socios trabajadores no inferior a 3.
Mantener un sistema de contabilidad separada para los gastos subvencionados, conservar la documentación justificativa por cinco años y asegurar que la entidad colaboradora no está asociada ni vinculada con la persona solicitante.
No superar los límites del régimen de minimis aplicable, cumplir el principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y no tener presentada ninguna otra solicitud de ayuda para las mismas actuaciones.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Anexos I (solicitud), II (remisión de solicitud) y V (declaración DNSH). Para entidades no inscritas en Registro Mercantil: escritura de constitución, estatutos y acreditación de representación. Para agrupaciones: documento de compromisos de ejecución. Ver sección 'Documentación' en Anexo I.
canal
Información no publicada