Convocatoria para el ejercicio 2026, las ayudas para los Consejos Reguladores u Órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca de calidad CV reguladas por la Orden 2/2024, de 1 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para los Consejos Reguladores u órganos de gestión de las figuras de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana y entidades asociativas gestoras de la autorización del uso de la marca CV.
Beneficiarios
quien
Consejos Reguladores u órganos de gestión de figuras de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana; entidades asociativas gestoras de la autorización de la marca CV (no accesible a éstas para la letra a) del Anexo). Beneficiarios finales: PYMEs activas del sector agrícola.
cultivos
sector agrícola; productos agroalimentarios de calidad diferenciada
geografico
Comunidad Valenciana
actividades
Constitución inicial de nuevos consejos/órganos; costes de control obligatorios; actividades de promoción e información. Ejecución: hasta 13/11/2026.
Cuantía
maximo
Información no publicada.
pres_total
1.190.000€ (ampliable hasta 2.000.000€)
condiciones
Concedido con cargo a la línea S02480000; condicionado a existencia de crédito; susceptible de ampliación al 100% y aumento según Art.11 Decreto 77/2019.
importe_unidad
Información no publicada.
Plazo de solicitud
Fin
Fin: 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV)
Inicio
El día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV)
Tipo de procedimiento
tipo
Información no publicada
Condiciones especiales
Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria; El crédito podrá ampliarse mediante resolución complementaria publicada en el mismo diario oficial; En caso de agotar el presupuesto, se admitirán solicitudes en lista de reserva hasta nueva ampliación de fondos; Presentación exclusivamente telemática a través de la sede electrónica del organismo convocante; La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del ejercicio 2026
Requisitos principales
Ser Consejo Regulador u órgano de gestión de una figura de calidad diferenciada agroalimentaria de la Comunitat Valenciana o entidad asociativa gestora de la autorización del uso de la marca CV (las entidades gestoras de la marca CV no pueden optar a la ayuda prevista en la letra a) del Anexo de la Orden 2/2024 para la constitución de nuevos consejos).
Acreditar la condición de PYME activa en el sector agrícola (micro, pequeña o mediana empresa: menos de 250 empleados y volumen de negocio anual ≤ 50 M€ o balance general ≤ 43 M€).
Presentar la solicitud telemáticamente en la sede electrónica (sede.gva.es/es/proc15770) en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación del extracto; la persona solicitante debe disponer de firma electrónica avanzada (certificado cualificado de representante de entidad) o sistema de firma admitido, y las solicitudes deben ir firmadas por el certificado digital de la entidad o su representante.
Adjuntar la documentación exigida: acreditación de personalidad jurídica (si no autoriza su consulta), acreditación del representante (si procede), acreditación de la representación (si no se hizo por el Registro de Representantes de la ACCV), memoria descriptiva de las actividades con contenido mínimo (tipo de actuaciones, objetivos, descripción detallada, programa de ejecución y presupuesto desglosado con plan de financiación y balance económico), y suscribir las declaraciones responsables requeridas (ver apartados a–f del punto 6).
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Acreditación identidad jurídica; acreditación identidad representante; acreditación representación (escritura/poderes) si procede; acreditación de estar al corriente (si no autoriza consulta); memoria descriptiva y presupuesto detallado; declaraciones responsables (Anexo II o equivalente). Ver apartado "Documentación" y Anexo de la convocatoria.
canal
Sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/proc15770). Presentación telemática mediante modelos normalizados; presencial solo para requerimiento de subsanación.