Detalle de ayuda

Bases reguladoras y convocatorias de subvenciones del programa para el fomento de iniciativas emprendedoras, del ejercicio 2026.

Bases Reguladoras
País Vasco, Vizcaya
30/07/2026
80.000€ (límite por solicitante y por el total de acciones subvencionables presentadas); Líneas específicas: Área 1: límite individual por entidad de 80.000€; Área 2: subvención por entidad de 5.000€ iniciales incrementables hasta 15.000€ (máx. 6 promotores computables); Área 3: subvención máxima por entidad de 20.000€ (10.000€ en caso de cumplir requisitos + incrementos hasta 20.000€ según número de socios adquirentes).
BDNS 879776

Beneficiarios

quien

Área 1: Centros de empleo y desarrollo local de carácter municipal del Territorio Histórico de Bizkaia, organismos autónomos, empresas públicas u otras entidades dependientes o vinculadas; fundaciones, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal y centro de trabajo en el Territorio Histórico de Bizkaia (siempre que sus miembros no formen parte de otra entidad con ánimo de lucro que se dedique al asesoramiento a empresas de nueva creación); universidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Área 2: empresas cualquiera que sea su forma jurídica (incluidos empresarios y empresarias individuales), profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles que cumplan las condiciones establecidas (domicilio social y fiscal y centro de trabajo en el Territorio Histórico de Bizkaia; alta en actividades económicas en la Hacienda Foral de Bizkaia entre el 31/07/2025 y el 30/07/2026; actividad relacionada con el plan de negocio; y demás requisitos recogidos en la base 8). Área 3: la entidad que adquiera el negocio (empresa cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos empresarios individuales, así como comunidades de bienes y sociedades civiles) que cumpla las condiciones de la base 12; en todos los casos se detallan asimismo requisitos sobre personas socias/trabajadoras y promotores en las bases 9 y 13 (residencia en Bizkaia, alta en régimen de autónomos o mutualidad en el periodo indicado, pertenencia a colectivos en riesgo de exclusión para ciertas puntuaciones, realización de la formación de la “Escuela de Emprendimiento Bizkaia” y, en transmisiones, aplicación de la metodología DEMA cuando proceda).

cultivos

No relevante

geografico

Territorio Histórico de Bizkaia

actividades

información no publicada

Cuantía

maximo

80.000€ (límite por solicitante y por el total de acciones subvencionables presentadas); Líneas específicas: Área 1: límite individual por entidad de 80.000€; Área 2: subvención por entidad de 5.000€ iniciales incrementables hasta 15.000€ (máx. 6 promotores computables); Área 3: subvención máxima por entidad de 20.000€ (10.000€ en caso de cumplir requisitos + incrementos hasta 20.000€ según número de socios adquirentes).

pres_total

7.099.000,00€ (importe total estimativo de la convocatoria; distribución plurianual desglosada en bases: ver Base 15 y partidas indicadas: por ejemplo Área 2: 4.770.090,00€; Área 3: 430.000,00€; etc.)

condiciones

Ayuda de minimis (límite por entidad: 300.000,00€ en cualquier periodo de tres años). Cofinanciación y presupuesto plurianual indicado en Base 15; la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución. En caso de insuficiencia presupuestaria se podrá ajustar o redistribuir el crédito entre áreas mediante orden foral; posibilidad de ampliar las dotaciones hasta 1.300.000,00€ en los supuestos previstos. Plazos y porcentajes de pago: Área 1 hasta 50% en concesión y resto tras justificación (2027); Área 2 hasta 80% en concesión y resto tras justificación (2027); Área 3 hasta 90% en concesión y resto tras justificación (2027). Compatibilidad: Área 1 compatible con otras ayudas salvo otra subvención de la Diputación para la misma acción; Áreas 2 y 3 incompatibles con otras ayudas para la misma acción.

importe_unidad

Área 1: gastos subvencionables calculados como 1.500€ por proyecto de creación puesto en marcha (periodo 31/07/2025–30/07/2026) y 3.000€ por proyecto de transmisión puesto en marcha (periodo 31/07/2025–30/07/2026) para determinación del gasto justificable; Área 2: importe base 5.000€ por entidad beneficiaria, incrementable en 2.000€ por cada persona socia o promotora adicional (hasta 5 personas adicionales), hasta 15.000€; Área 3: 10.000€ máximos (5.000€ por socio adquirente computable más 5.000€ para gastos de transmisión/traspaso) incrementable en 5.000€ por cada socio adicional que cumpla requisitos (hasta 2 adicionales), con subvención máxima por entidad de 20.000€. Además: para cálculo global de Area 1 se aplica fórmula basada en número de proyectos asesorados y puestos en marcha (incremento del 10% sobre el número total y multiplicación por 1.500€) y para transmisiones similar con multiplicador 3.000€.

Plazo de solicitud

Fin

30/07/2026

Inicio

16/03/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Tipo de procedimiento: Concurrencia competitiva. La concesión se resuelve por concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, experiencia, número de proyectos, pertenencia a colectivos en riesgo, edad, ubicación, innovación, forma jurídica, participación en programas DEMA).

Condiciones especiales

No especificado.

Requisitos principales

  • Residir de forma ininterrumpida en Bizkaia al menos 3 meses antes del alta en actividad económica

  • Realizar la formación de la “Escuela de Emprendimiento Bizkaia” (o formación equivalente 31/07/2025–31/12/2025) y aportar certificado

  • Contar con asesoramiento individualizado con entidad adjudicataria del Área 1 (certificado de horas y contenido)

  • Estar dado de alta en el régimen de autónomos o mutualidad equivalente entre 31/07/2025 y 30/07/2026 (salvo excepciones para socios trabajadores de cooperativas/sociedades laborales)

  • Acreditar situación previa: desempleo, ERTE/ERE, mejora de empleo parcial (contrato ≤40% jornada) o prácticas no laborales

  • Para entidades beneficiarias (Áreas 2 y 3): domicilio social, fiscal y centro de trabajo en Bizkaia

  • Para entidades beneficiarias (Área 1): experiencia mínima acreditada de 3 años en asesoramiento en gestión empresarial

  • No estar afectado por prohibiciones legales (art.12 Norma Foral 5/2005 y art.42 Norma Foral 4/2018), ni sanciones por discriminación por sexo

  • No haber causado baja en IAE en 2025 o 2026 en el mismo grupo de actividad (según casos) ni ser beneficiario de ayudas similares en los últimos 5 años (según área y supuestos)

  • Para transmisión (Área 3): adquisición entre 31/07/2025 y 30/07/2026, contrato mercantil/escritura pública o contrato de traspaso y mantener la actividad al menos 1 año

  • Para transmisión (Área 3): aplicación de la metodología DEMA y certificado asociado (cuando proceda)

  • Aportar, según caso, documentación probatoria: plan de negocio, informe de viabilidad firmado, informes de Lanbide y Seguridad Social, certificado de empadronamiento y alta en IAE

  • Mantener al corriente obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en solicitud, instrucción, resolución y pago

  • No computar a efectos de cálculo quienes hayan tenido baja por contingencias en mismo código de actividad en 2025–2026

  • Cumplir obligaciones de publicidad y difusión (incluir financiación de la Diputación en materiales) y, si procede, requisitos de transparencia y de igualdad (planes o medidas según tamaño)

Proceso de solicitud

docs

Área 1: Anexos oficiales (plan de negocio por proyecto; certificado expedido por la entidad firmada por la persona promotora que indique horas de asesoramiento y formación; informe de viabilidad cuando proceda). Memoria de la acción (idoneidad, captación y metodología). Informe justificativo previsto en base 39. En su caso, certificado de pertenencia a colectivo en riesgo. Área 2: Escritura de constitución (o documento de constitución para comunidades de bienes/ sociedades civiles); plan de negocio (con fecha y logotipos de la entidad asesora y de la Diputación); informe de viabilidad firmado por la entidad asesora; certificado de realización de la formación (Escuela de Emprendimiento Bizkaia); informe de períodos y situación laboral (Lanbide); informe de vida laboral (Seguridad Social); certificado de empadronamiento; declaración de alta en régimen de autónomos o mutualidad o copia de alta en régimen general si procede; en su caso, informe justificativo de la actividad de la entidad (para valorar criterio 25.2.e). Área 3: Escritura de constitución o documento equivalente; contrato de transmisión (escritura pública) o contrato de traspaso y copia de la presentación del ITP/AJD o alta en IAE según el caso; informe de evaluación de la viabilidad del negocio (valoración, riesgo, proceso, fuentes de financiación) firmado por la persona técnica; certificado DEMA o de adjudicatario del área 1 que acredite aplicación de la metodología y formación/asesoramiento entre 30/07/2025 y 30/07/2026; justificantes de cotización/nominas/relación de trabajadores y justificantes de pago para acreditar la parte de la subvención de 5.000€ por persona socia; facturas y justificantes de pago para el resto (incluyendo notaría y registro si procede). En todos los casos: cuenta justificativa normalizada, facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente y comprobantes de pago; relación nominal de trabajadores y nóminas (o certificado municipal en centros sin personalidad jurídica); ficha de domiciliación bancaria si la cuenta es nueva en la Diputación; certificados o documentos exigidos por condiciones personales (bajas, permisos, mutualidad). La lista completa y el detalle de la documentación exigida se recogen en la Base 22 (sección “Documentación necesaria para la solicitud e interoperabilidad”) y en los Anexos y apartados citados en las bases (ver Base 22 y Base 36).

canal

Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia — Presentación electrónica en la Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia (www.ebizkaia.eus), seleccionando «Oficina virtual de Empleo, Cohesión Social e Igualdad». Uso de firma electrónica (Izenpe, DNIe, FEA, B@KQ) requerido. Inscripción previa y obligatoria en el Registro de Entidades del Departamento de Empleo, Cohesión Social e Igualdad antes de acceder al formulario. Plazos por áreas: Área 1: del 19/01/2026 09:00 al 02/02/2026 13:30; Área 2: del 16/03/2026 09:00 al 08/04/2026 13:30; Área 3: del 16/03/2026 09:00 al 30/07/2026 13:30. Documentación a adjuntar mediante el formulario electrónico de la sede correspondiente; la administración realizará verificaciones por interoperabilidad (empadronamiento, informe de vida laboral, etc.).

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