Convocatoria de subvenciones al control del rendimiento lechero en Castilla-La Mancha (2026)
Beneficiarios
quien
entidades de control de rendimiento lechero, así como las asociaciones u organizaciones de criadores definidas en el artículo 2 de la orden de bases
cultivos
bovina
ovina
caprina
geografico
Castilla-La Mancha
actividades
actuaciones de control de rendimiento lechero
Cuantía
maximo
El importe máximo por beneficiario no ha sido publicado.
pres_total
300.000€
condiciones
La cuantía podrá incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria y sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes por incorporación de crédito en la cuantía estimada de hasta 100.000 euros.
importe_unidad
Los importes por unidad no han sido publicados.
Plazo de solicitud
Fin
22/01/2026
Inicio
03/01/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva
Condiciones especiales
Esta ayuda no incluye condiciones especiales de valoración o selección.
Requisitos principales
Estar inscrito en el registro correspondiente como entidad de control de rendimiento lechero.
Presentar una memoria explicativa de las actuaciones de control del rendimiento lechero previstas.
Haber realizado inversiones en actividades de control del rendimiento lechero.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de la convocatoria.
Proceso de solicitud
docs
Junto al modelo de solicitud de la ayuda, se presentará una memoria explicativa de las actuaciones de control del rendimiento lechero que la entidad solicitante tenga previsto realizar en Castilla-La Mancha durante el año de la convocatoria. Dicha memoria contendrá, al menos, la cuantificación del número de lactaciones previstas en cada raza, discriminando aquellas que vayan a incluir control cualitativo de las que no lo vayan a incluir y una relación de las explotaciones ganaderas donde se prevea realizar en esa anualidad el control del rendimiento lechero, con expresión del código REGA, el censo de hembras en control lechero y el número de lactaciones que se tiene previsto obtener en cada una de ellas. Además, en el caso de que conste oposición expresa a que por esta Administración se consulten los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando haya sufrido modificaciones o no obre en poder de ésta, se presentará la siguiente documentación: a) Documento de constitución de la entidad, sus estatutos y certificado de inscripción en el registro correspondiente. b) Apoderamiento bastante del representante o documento acreditativo de la representación, en caso necesario.
canal
Presentación electrónica obligatoria a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha