Subvenciones 2026 destinadas a la Retirada de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto y la instalación de medidas de protección de caídas de altura en los centros de trabajo de Extremadura según Resolución 27 de noviembre de 2025 de la Secr
Beneficiarios
quien
personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitos enumerados en el resuelvo tercero de esta convocatoria, tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimos doce meses, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de subvención conforme a lo establecido en la presente convocatoria, en centros de trabajo situados en Extremadura.
cultivos
sin información específica sobre cultivos
geografico
Extremadura, Cáceres, Guadalupe
actividades
retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto; instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de caídas en altura en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la instalación de líneas de vida permanentes
Cuantía
maximo
20.000€ por centro de trabajo; 5.000€ por instalación de línea de vida permanente
pres_total
200,00 €
condiciones
Hasta el 85% de la inversión subvencionable para la línea 1; hasta el 50% de la inversión para la línea 2
importe_unidad
25€ por metro cuadrado para la línea 1; 20€ por metro lineal para la línea 2
Plazo de solicitud
Fin
15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el DOE
Inicio
Día siguiente a la publicación en el DOE
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva
Condiciones especiales
No especificado
Requisitos principales
Ser propietario/a o arrendatario/a de la edificación donde se desarrollarán las actuaciones subvencionables.
Disponer de apertura del centro de trabajo diligenciada ante la Dirección General competente en materia de trabajo o licencia de actividad municipal, con una anterioridad mínima de doce meses previos a la publicación de esta convocatoria.
Contar con un mínimo de tres personas trabajadoras de media en los últimos doce meses previos a la publicación de esta convocatoria.
No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011.
Proceso de solicitud
docs
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de la subvención en el Diario Oficial de Extremadura. La presentación de las solicitudes fuera de plazo establecido dará lugar a la inadmisión de las mismas sin más trámites. Las solicitudes, acompañadas de la documentación que se señala en el resuelvo noveno de la presente convocatoria, se tramitarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
canal
Punto de Acceso General Electrónico de la Junta de Extremadura; presentación electrónica a través de la sede electrónica asociada.