Detalle de ayuda

Convocatoria de ayudas y becas a las personas trabajadoras desempleadas que participan en acciones de formación profesional para el empleo promovidas por el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña (Convocatoria 2026)

Convocatoria
Cataluña
15/10/2026 a las 14:00 h
35,00 €
BDNS 876258

Beneficiarios

quien

personas trabajadoras desempleadas que participan en acciones de formación promovidas por el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña

cultivos

información no publicada

geografico

sin restricción territorial

actividades

Ayudas en concepto de transporte público; Ayudas en concepto de transporte en vehículo propio; Ayudas en concepto de manutención; Ayudas en concepto de alojamiento y manutención; Ayudas a la conciliación; Beca para personas con discapacidad

Cuantía

maximo

35,00 €

pres_total

35,00 €

condiciones

La cuantía total máxima para esta convocatoria se puede ampliar de acuerdo con lo que prevé el artículo 92.4.b) del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.

importe_unidad

1,50€ por día asistido en transporte público; 0,19€ por kilómetro y día de asistencia en transporte en vehículo propio; 12,00€ por día asistido en manutención; 80,00€ por día asistido en alojamiento y manutención; 15,36€ por día asistido en ayudas a la conciliación; 9,00€ por día asistido en becas para personas con discapacidad.

Plazo de solicitud

Fin

15/10/2026 a las 14:00 h

Inicio

30/01/2026 a las 09:00 h

Tipo de procedimiento

tipo

Concesión directa

Condiciones especiales

No especificado

Requisitos principales

  • Estar desempleado antes del inicio del proyecto

  • Incurrir en menos del 25% de faltas de asistencia en toda la acción formativa

  • No percibir prestaciones o subsidios por desempleo

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de la convocatoria

Proceso de solicitud

docs

anexo I de esta Resolución. 1. Plazo y forma de presentación de solicitudes 1.1 El plazo de presentación del formulario de solicitud, con la documentación anexa incluida, se inicia el día 30 de enero de 2026 a las 9.00 horas y finaliza el 15 de octubre de 2026 a las 14.00 horas. 1.2 Las solicitudes se deben presentar en los sitios y por los medios indicados en la base 11 del anexo 1 de la Orden EMT/180/2024, de 25 de julio. 7.1 La documentación que se deberá adjuntar a la solicitud es la que se establece en la base 12.2 del anexo 1 de la Orden EMT/180/2024, de 25 de julio. 7.2 De acuerdo con la base 12.1 del anexo 1 de la Orden EMT/180/2024, de 25 de julio, para la ayuda de alojamiento y manutención, la solicitud deberá acompañarse con documentación que acredite el gasto de alojamiento. Esta documentación puede ser: - Copia del contrato de arrendamiento. Este contrato debe entrar en vigor, como muy tarde, 3 meses antes de iniciar la acción formativa o el itinerario formativos por los que se solicita la ayuda. - Copia de la factura de hospedaje donde se especifiquen las fechas de la estancia (esta puede ser de pensión, hotel, albergue u hostal). - Resguardo del transporte inicial o final, en el caso de que también se solicite el pago del coste de los billetes de transporte público.

canal

Las solicitudes se deben presentar en los sitios y por los medios indicados en la base 11 del anexo 1 de la Orden EMT/180/2024, de 25 de julio; En el supuesto de las personas físicas no obligadas, la presentación se hará de forma presencial, mediante la tramitación atendida, en las oficinas de atención ciudadana.

Enlaces

Sede Electrónica

Sede electrónica del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña

AlertasEnlace