Detalle de ayuda

Convocatoria de subvenciones de servicios de asesoramiento de ámbito supraautonómico en el marco del PEPAC (PIII) (Convocatoria 2025) (titulo)

Convocatoria
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30 de enero a las 14:00h
200.000€ por beneficiario y Propuesta de Actividades para el programa IV; máximo subvencionable de 5.000€ por asesoramiento integral; máximo subvencionable de 2.500€ por asesoramiento específico; máximo subvencionable de 1.200€ por asesoramiento básico
BDNS 875839

Beneficiarios

quien

Podrán acceder a estas ayudas las entidades o agrupaciones establecidas en el artículo 3 del Real Decreto 251/2024, de 12 de marzo, que cumplan los requisitos y condicionantes establecidos en el artículo 4 del citado real decreto. Podrán solicitar las subvenciones de esta convocatoria: a) Las entidades de titularidad privada sin ánimo de lucro. b) Las entidades de economía social según establece el artículo 5.1 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

cultivos

sector agroalimentario y forestal

geografico

sin restricción territorial

actividades

subvenciones de servicios de asesoramiento en digitalización; creación de servicios de asesoramiento en digitalización

Cuantía

maximo

200.000€ por beneficiario y Propuesta de Actividades para el programa IV; máximo subvencionable de 5.000€ por asesoramiento integral; máximo subvencionable de 2.500€ por asesoramiento específico; máximo subvencionable de 1.200€ por asesoramiento básico

Plazo de solicitud

Tipo de procedimiento

Requisitos principales

Proceso de solicitud

Enlaces

Alertas