Bases reguladoras para la concesión directa de ayudas para facilitar soluciones residenciales a personas en situación de especial vulnerabilidad a través de las Entidades locales, correspondiendo al Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, convocatoria 2025. (titulo)
Beneficiarios
quien
personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos: víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, desahuciadas de su vivienda habitual, sin hogar, asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal u otros estatutos de protección subsidiaria, y otras personas especialmente vulnerables según valoración individual emitida por los Servicios Sociales de Atención Primaria Básica de la Mancomunitat Comarcal els Ports.
cultivos
información no publicada
geografico
Mancomunitat Comarcal Els Ports
actividades
actuaciones destinadas a poner a disposición de las personas especialmente vulnerables un alojamiento o una solución habitacional inmediata; gastos derivados del arrendamiento, derecho de uso o cualquier régimen de ocupación temporal del inmueble necesario para su puesta a disposición de los colectivos vulnerables.
Cuantía
maximo
650€ mensual; 7.800€ anual
pres_total
4,50 €
condiciones
Ayuda compatible con otras ayudas para el mismo objeto, limitando el total a 100% del alquiler.
importe_unidad
hasta el 100% de la renta o precio de la vivienda
Plazo de solicitud
Fin
30/12/2025
Inicio
21/03/2025
Tipo de procedimiento
tipo
Concesión directa
Condiciones especiales
No especificado.
Requisitos principales
Ser especialmente vulnerables como personas: víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, desahuciadas de su vivienda habitual, sin hogar, asiladas, refugiadas, apátridas, acogidas al régimen de protección temporal u otros estatutos de protección subsidiaria.
La renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda debe ser igual o inferior a 7.800 € anuales y 650 € mensuales.
La persona arrendataria no debe tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador, salvo situaciones excepcionales justificadas.
Residir efectivamente en alguno de los municipios de la Mancomunitat Comarcal Els Ports durante al menos tres meses anteriores a la solicitud, salvo excepciones acreditadas.
No disponer de una vivienda en propiedad o en régimen de usufructo que pueda ser ocupada tras la acreditación de la condición de víctima o de vulnerabilidad.
Proceso de solicitud
docs
Solicitud subscrita por la persona beneficiaria o por su representante, debidamente cumplimentada; Acreditación de la identidad de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar o de convivencia; Acreditación de la convivencia y residencia; Documentación acreditativa de las circunstancias objeto de la convocatoria que le sea solicitada a la persona interesada por la persona Trabajadora Social de referencia; Declaración responsable de que la persona solicitante no recibe ni ha solicitado con este fin ayudas con el mismo objeto. En supuesto afirmativo, declaración responsable del tipo de ayuda que recibe; Modelo de domiciliación bancaria. La lista completa puede consultarse en el artículo 4 de las bases.
canal
Modelo de instancia oficial en los registros habilitados de la Mancomunitat Comarcal els Ports
Enlaces
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