Detalle de ayuda

Convocatoria de ayudas de minimis destinados a la promoción y la comercialización de la venta de proximidad en Cataluña (titulo)

Convocatoria
Cataluña
1 mes desde la publicación en el Diari oficial de la Generalitat de Catalunya
40.000,00 €
BDNS 873607

Beneficiarios

quien

productores y productoras o las agrupaciones de productores y productoras que venden sus productos primarios, los productos resultantes de su transformación, o ambos tipos de productos, directamente a los consumidores y consumidoras (venta directa) o a establecimientos al detalle y de restauración (circuito corto)

cultivos

productos agroalimentarios y agrarios

geografico

Cataluña

actividades

promoción y la comercialización de la venta de proximidad en Cataluña

Cuantía

maximo

40.000,00 €

pres_total

1.300.000,00 €

condiciones

La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar la cantidad de 300.000,00€ por empresa beneficiaria por tres años.

importe_unidad

hasta el 70% del presupuesto de la actividad subvencionada

Plazo de solicitud

Fin

1 mes desde la publicación en el Diari oficial de la Generalitat de Catalunya

Inicio

Día siguiente a la publicación en el Diari oficial de la Generalitat de Catalunya

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva según baremo de puntos

Condiciones especiales

No especificado

Requisitos principales

  • La persona solicitante debe cumplir los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria que establece el punto 4.1 del anexo I de las bases reguladoras.

  • La cantidad total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede superar la cantidad de 300.000,00 euros por empresa beneficiaria por tres años.

  • Las actividades que deben llevarse a cabo para el cumplimiento del objeto de la subvención deben ejecutarse entre el 2 de septiembre de 2025 y el 1 de septiembre de 2026.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de la convocatoria.

Proceso de solicitud

docs

La documentación que se debe adjuntar a la solicitud es la que prevé el punto 8.1 del anexo I de las bases reguladoras.

canal

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari oficial de la Generalitat de Catalunya. Las solicitudes de subvención se deben presentar de forma telemàtica y se deben formalizar según los modelos que figuran en la Sede electrónica.

Enlaces

Portal de Ayudas

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Sede Electrónica

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Alertas