Convocatoria de Ayudas destinadas a la Inversión en Explotaciones Agrarias en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Convocatoria 2026) (titulo)
Beneficiarios
quien
personas, físicas o jurídicas, que cumplan lo establecido en la Base Quinta de la Resolución de 21 de marzo de 2025 por la que se aprueban las Bases reguladoras y los requisitos en relación con las diferentes Intervenciones reseñadas en las mismas.
cultivos
sector agroalimentario
geografico
Asturias
actividades
Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias; Ayudas a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal; Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad.
Cuantía
maximo
40.000€ por explotación
pres_total
20.100.000€
condiciones
cofinanciación por el FEADER (60% para intervenciones 6841.1 y 6841.2; 80% para intervención 6844)
importe_unidad
hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un importe mínimo de 3.000€
Plazo de solicitud
Fin
13/02/2026
Inicio
Día siguiente a la publicación del extracto
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).
Condiciones especiales
La concesión queda supeditada a la disponibilidad de fondos FEADER.
Requisitos principales
Estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias del Principado de Asturias
Haber realizado una inversión mínima de 3.000€
El proyecto debe responder a un objetivo específico del programa
Las actuaciones deberán realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
Proceso de solicitud
docs
La solicitud deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 30/2022 de 23 de diciembre, por aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los términos previstos en la base reguladora Décima, y en la sede electrónica del Principado de Asturias a través del modelo normalizado antes mencionado, mediante el formulario web. Cada solicitante deberá aportar junto con la solicitud de ayuda la documentación establecida como mínimo imprescindible en el Anexo IV de la presente convocatoria, y deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda. La falta de la documentación e información establecida como mínimo imprescindible en dicho Anexo supondrá la exclusión de la solicitud del procedimiento de concesión.
canal
Sede electrónica del Principado de Asturias
Enlaces
Portal de Ayudas
Información no publicada.
Sede Electrónica
https://sede.asturias.es