Detalle de ayuda

Convocatoria de Ayudas destinadas a la Inversión en Explotaciones Agrarias en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 6841.1; 6841.2 y 6844) (titulo)

Convocatoria
None (municipio)
13/02/2026
40.000€ por explotación
BDNS 873054

Beneficiarios

quien

personas, físicas o jurídicas, que cumplan lo establecido en la Base Quinta de la Resolución de 21 de marzo de 2025 por la que se aprueban las Bases reguladoras y los requisitos en relación con las diferentes Intervenciones reseñadas en las mismas.

cultivos

sector agroalimentario

geografico

Asturias

actividades

inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias; inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal; inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad.

Cuantía

maximo

40.000€ por explotación

pres_total

20.100.000€

condiciones

Cofinanciado por el FEADER (60%) y por el Principado de Asturias (28%)

importe_unidad

hasta el 80% de la inversión subvencionable

Plazo de solicitud

Fin

13/02/2026

Inicio

Día siguiente a la publicación en el BOPA

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).

Condiciones especiales

La resolución se efectuará por fases sucesivas conforme a la disponibilidad presupuestaria.

Requisitos principales

  • Estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias del Principado de Asturias

  • Presentar memoria descriptiva del proyecto

  • La inversión mínima subvencionable debe ser de al menos 3.000€

  • El proyecto debe responder a un objetivo específico del programa

Proceso de solicitud

docs

La solicitud deberá presentarse obligatoriamente por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 30/2022 de 23 de diciembre, por aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los términos previstos en la base reguladora Décima, y en la sede electrónica del Principado de Asturias a través del modelo normalizado antes mencionado, mediante el formulario web. Junto con la solicitud de ayuda, la solicitante deberá aportar la documentación establecida como mínimo imprescindible en el Anexo IV de la presente convocatoria, y deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda. La falta de la documentación e información establecida como mínimo imprescindible en dicho Anexo supondrá la exclusión de la solicitud del procedimiento de concesión.

canal

Sede electrónica del Principado de Asturias

Enlaces

Portal de Ayudas

Información no publicada

Sede Electrónica

https://sede.asturias.es
AlertasEnlace