ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES PARA LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, PROMOVIDOS POR ENTIDADES LOCALES, DURANTE EL EJERCICIO DE 2025 (titulo)
Beneficiarios
quien
entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con excepción de las áreas metropolitanas; otras entidades locales, reguladas por la normativa autonómica, que tengan atribuidas las competencias y tengan la capacidad de gestión suficiente para desarrollar el proyecto para el que se solicita la subvención; comunidades autónomas uniprovinciales; agrupaciones de entidades locales constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; consorcios adscritos a la Administración Local.
cultivos
información no publicada
geografico
municipios de menos de 5.000 habitantes; municipios de entre 5.000 y 20.000 habitantes con densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado; áreas funcionales no urbanas con menos de 15.000 habitantes
actividades
financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación; actualización o puesta en marcha de nuevas iniciativas que tengan como objetivo específico el fomento de la actividad económica en zonas concretas del territorio.
Cuantía
maximo
300,00 €
pres_total
40.000.000€
condiciones
La ayuda concedida no podrá ser inferior a 25.000€ ni superar el importe de 300.000€ según tipo de beneficiario.
importe_unidad
hasta el 90% del total de gasto subvencionable del proyecto
Plazo de solicitud
Fin
20/01/2026
Inicio
día siguiente a la publicación en el BOE
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).
Condiciones especiales
La resolución se efectuará por fases sucesivas conforme a la disponibilidad presupuestaria.
Requisitos principales
Los proyectos deben ser promovidos por entidades locales.
Los proyectos deben desarrollarse en municipios de menos de 5.000 habitantes o en municipios de entre 5.000 y 20.000 habitantes con densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.
La inversión mínima subvencionable debe ser de al menos 25.000€.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de la convocatoria.
Proceso de solicitud
docs
Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, utilizando la aplicación electrónica habilitada a tal efecto. La solicitud de la ayuda constará de datos identificativos de la solicitante, memoria descriptiva y datos técnicos del proyecto, datos económicos y de gestión del proyecto, y documentación acreditativa sobre los aspectos de la solicitante y el proyecto presentado.
canal
Sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Enlaces
Portal de Ayudas
información no publicada
Sede Electrónica
https://sede.miteco.gob.es