Convocatoria de Ayudas al Sector Primario 2025 (titulo)
Beneficiarios
Cuantía
maximo
2.500,00€ por solicitud; 400,00€ para profesionales no autónomos
pres_total
65.000,00 €
condiciones
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, salvo que se hayan presentado las mismas facturas para justificar otras subvenciones con el mismo objeto en otra administración.
importe_unidad
Mínimo 1.500,00€ y hasta 2.500,00€ por solicitud; mínimo 200,00€ y hasta 400,00€ para profesionales no autónomos
Plazo de solicitud
Fin
10 días hábiles a la publicación en el BOP de S/C de Tenerife
Inicio
Al día siguiente de la publicación en el BOP de S/C de Tenerife
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).
Condiciones especiales
No especificado
Requisitos principales
Desarrollar su actividad económica en la Villa de Garafía
Estar debidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de subvención, excepto para las personas físicas de carácter profesionales no autónomos o que esta no sea su actividad principal
Estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias (REGA) en vigor (Línea 1)
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de la convocatoria
Proceso de solicitud
docs
Modelo normalizado de solicitud de subvención debidamente cumplimentado y firmado (Anexo I); Declaración responsable firmada por la persona física o el representante legal de la empresa (Anexo II); Alta a terceros debidamente cumplimentada y sellada por la Entidad Bancaria (Anexo III); Certificados de encontrarse al corriente en los pagos a las diferentes administraciones (Anexo VI); Presupuesto de gastos (Anexo V); Declaración jurada (Anexo IV); Cuenta Justificativa (Anexo VII); Copia del Registro de Explotación ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Soberanía Alimentaria (REGA) en vigor (Línea 1); Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante; Declaración Responsable de Participación en Ferias del Municipio (Anexo VIII). La lista completa de documentos se puede consultar en el artículo 9 de la convocatoria.
canal
Las solicitudes deberán presentarse, en el modelo oficial aprobado por este Ayuntamiento, en el Registro General y dirigidas al Alcalde - Presidente. También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes, que irán acompañadas de la documentación e información requeridas, se presentarán por vía telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de la Villa de Garafía, o de forma presencial en las formas previstas en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Enlaces
Portal de Ayudas
información no publicada
Sede Electrónica
https://garafia.sedelectronica.es/info.0