Detalle de ayuda

Convocatoria de Ayudas al Sector Primario 2025 (titulo)

Convocatoria
Villa de Garafía (municipio)
10 días hábiles a la publicación en el BOP de S/C de Tenerife
2.500,00€ por solicitud; 400,00€ para profesionales no autónomos
BDNS 871682

Beneficiarios

Cuantía

maximo

2.500,00€ por solicitud; 400,00€ para profesionales no autónomos

pres_total

65.000,00 €

condiciones

Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, salvo que se hayan presentado las mismas facturas para justificar otras subvenciones con el mismo objeto en otra administración.

importe_unidad

Mínimo 1.500,00€ y hasta 2.500,00€ por solicitud; mínimo 200,00€ y hasta 400,00€ para profesionales no autónomos

Plazo de solicitud

Fin

10 días hábiles a la publicación en el BOP de S/C de Tenerife

Inicio

Al día siguiente de la publicación en el BOP de S/C de Tenerife

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva según baremo de puntos (por ejemplo, edad, ubicación, innovación, primera inversión, intensidad de ayuda).

Condiciones especiales

No especificado

Requisitos principales

  • Desarrollar su actividad económica en la Villa de Garafía

  • Estar debidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de subvención, excepto para las personas físicas de carácter profesionales no autónomos o que esta no sea su actividad principal

  • Estar inscrito en el Registro de Explotaciones Agrarias (REGA) en vigor (Línea 1)

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de la convocatoria

Proceso de solicitud

docs

Modelo normalizado de solicitud de subvención debidamente cumplimentado y firmado (Anexo I); Declaración responsable firmada por la persona física o el representante legal de la empresa (Anexo II); Alta a terceros debidamente cumplimentada y sellada por la Entidad Bancaria (Anexo III); Certificados de encontrarse al corriente en los pagos a las diferentes administraciones (Anexo VI); Presupuesto de gastos (Anexo V); Declaración jurada (Anexo IV); Cuenta Justificativa (Anexo VII); Copia del Registro de Explotación ganadera de la Consejería de Agricultura, Pesca y Soberanía Alimentaria (REGA) en vigor (Línea 1); Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante; Declaración Responsable de Participación en Ferias del Municipio (Anexo VIII). La lista completa de documentos se puede consultar en el artículo 9 de la convocatoria.

canal

Las solicitudes deberán presentarse, en el modelo oficial aprobado por este Ayuntamiento, en el Registro General y dirigidas al Alcalde - Presidente. También podrán presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes, que irán acompañadas de la documentación e información requeridas, se presentarán por vía telemática, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de la Villa de Garafía, o de forma presencial en las formas previstas en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.

Enlaces

Portal de Ayudas

información no publicada

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