Detalle de ayuda

Resolución de 6 de noviembre de 2025 de la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan de forma anticipada las ayudas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas para el ejercicio 2026.

Convocatoria
Comunidad Valenciana
Fin: 30/01/2026
37.000€
BDNS 868379

Beneficiarios

quien

Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de la Comunitat Valenciana oficialmente reconocidas por el órgano competente en materia de ganadería con anterioridad al 1 de enero del año correspondiente a la convocatoria de ayuda que cumplan los requisitos que se prevén en el artículo 2 de la Orden 15/2023, de 24 de mayo, para actuaciones del sector ganadero.

cultivos

sector ganadero

geografico

Comunidad Valenciana

actividades

actuaciones subvencionables ejecutadas hasta el día 30 de septiembre del 2026, y comunicadas de acuerdo con el plan anual zoosanitario en el momento de la actuación, correspondientes a los gastos subvencionables relacionados en el artículo 3 de la Orden 15/2023, de 24 de mayo.

Cuantía

maximo

37.000€

pres_total

630.000,00€

condiciones

Importe global máximo de la convocatoria: 630.000,00€, equivalente al 70% del importe de la línea presupuestaria del ejercicio 2025, susceptible de ampliación hasta el 100% del importe de la línea presupuestaria del 2026. La resolución queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente una vez aprobados los presupuestos de la Generalitat para la anualidad 2026. Importe máximo por ADSG: hasta 32.000€ para inversiones correspondientes a los programas obligatorios del Plan Anual Zoosanitario (PAZ), ampliable hasta 5.000€ adicionales en caso de que la vacunación de lengua azul provoque superar dicho límite. Hasta 4.000€ por cada programa voluntario, no siendo auxiliables más de dos programas voluntarios por ADSG. La cuantía se moduliza según lo establecido en el apartado cuarto (modulación de programas obligatorios y voluntarios).

importe_unidad

Hasta 32.000€ por ADSG (programas obligatorios PAZ); Hasta 4.000€ por cada programa voluntario (máx.2 programas voluntarios por ADSG); Posible incremento de hasta 5.000€ adicionales para actuaciones de vacunación de lengua azul; Modulación: 35€ por cada explotación (programas obligatorios, bovino).

Plazo de solicitud

Fin

Fin: 30/01/2026

Inicio

Inicio: día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV

Tipo de procedimiento

Condiciones especiales

La concesión queda condicionada a la asignación del crédito adecuado y suficiente procedente de los presupuestos de la Generalitat para la anualidad 2026. Importe global máximo: 630.000,00 euros, susceptible de ampliación al 100% del importe de la línea presupuestaria del 2026. Podrá ampliarse el crédito mediante resolución posterior sin nueva convocatoria. Instrucción y evaluación a cargo de las direcciones territoriales de la conselleria competente en materia de sanidad animal y propuesta de concesión por órgano colegiado.

Requisitos principales

  • Estar oficialmente reconocida por el órgano competente en materia de ganadería con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria.

  • Realizar las actuaciones objeto de la ayuda: actividades de prevención, control, lucha o erradicación incluidas en el programa sanitario mínimo o en los programas específicos aprobados en el Plan Anual Zoosanitario (PAZ).

  • Acreditar, mediante declaración responsable, la condición de PYME agraria y comprometerse a mantener el cumplimiento de los requisitos exigidos durante el periodo necesario para el derecho al cobro de la subvención.

  • No estar incursa en prohibiciones para ser beneficiaria y no ser deudora de la Generalitat por reintegro de subvenciones.

Proceso de solicitud

docs

Documentación a adjuntar en el formulario electrónico de la sede electrónica de la Generalitat. La convocatoria remite a la sede electrónica para consultar la relación completa de documentos y los módulos para el cálculo de la subvención; la lista completa de documentos se puede consultar en el apartado "Presentación solicitudes" de la convocatoria y en la sede electrónica.

canal

sede electrónica de la Generalitat. Las subsanaciones o las aportaciones documentales posteriores a la presentación de la solicitud se realizarán telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat a través de la dirección indicada en la convocatoria (ver Apartado sexto).

AlertasEnlace