Detalle de ayuda

Ayudas a comunidades de regantes en zonas de desnuclearización

Convocatoria
Cataluña
26/10/2026
Hasta 95% del coste
BDNS 934506

Beneficiarios

quien

Comunidades de regantes y otras comunidades de usuarios de aguas vinculadas principalmente al regadío, titulares de infraestructuras de regadío.

cultivos

agrícola (regadío)

geografico

Cataluña (municipios de las zonas de planificación I y II del PENTA, en un radio máximo de 30 km de las centrales nucleares de Ascó y Vandellòs)

actividades

Obras de mejora, modernización y nuevos regadíos: redes de transporte y distribución, automatización y control del consumo, captación y elevación de aguas, instalaciones eléctricas y renovables, TIC, embalses y balsas. Ejecución: desde 01/01/2024 hasta la presentación de la solicitud

Cuantía

maximo

No se establece un importe máximo individual; la ayuda equivale al 95% de la aportación económica o del coste de las obras sufragadas por la comunidad de regantes.

pres_total

4.290.132,94€ (anualidad 2026, partida AG04 D/470000600/5620/0072 del presupuesto del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación). Presupuesto ampliable según disponibilidad de crédito.

condiciones

Financiación con cargo al Fondo de Transición Nuclear. Compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que en conjunto no se supere el coste de las actuaciones subvencionables. Ayuda de carácter compensatorio por gastos ya asumidos.

importe_unidad

95% de la aportación económica o del coste de ejecución de las obras de mejora, modernización o nuevo regadío sufragadas por la comunidad de regantes, ejecutadas y pagadas desde el 01/01/2024 y antes de la solicitud.

Plazo de solicitud

Fin

26/10/2026

Inicio

10/10/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva - canónica

Condiciones especiales

Sin baremo de valoración: la convocatoria se tramita excepcionalmente en régimen de concurrencia no competitiva, sin comparar las solicitudes entre sí.

Requisitos principales

  • Ser comunidad de regantes u otra comunidad de usuarios de aguas vinculada al regadío, titular de infraestructuras de regadío y con derecho de agua.

  • Tener la zona regable en un municipio PENTA de las zonas de planificación I y II (entorno de las centrales de Ascó y Vandellòs).

  • Haber ejecutado y pagado íntegramente la aportación económica o las obras, conforme a un proyecto aprobado por la Administración, desde el 01/01/2024 y antes de solicitar la ayuda.

  • Si la superficie regable abarca varias comunidades autónomas, la superficie beneficiada debe estar dentro de la competencia territorial de la Generalitat de Catalunya.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en la base 6 de las bases reguladoras (Orden ARP/162/2026).

Proceso de solicitud

docs

Memoria de ejecución de las actuaciones (indicando que la zona regable está en zona PENTA); relación de otros ingresos o subvenciones, si procede; acreditación de la representación legal; escrituras o estatutos registrados; documento acreditativo de la concesión o del derecho de agua. Lista completa en el apartado 7 de la convocatoria.

canal

Canal Empresa o Trámites Gencat de la Generalitat de Catalunya, con presentación telemática y certificado digital.

AlertasEnlace