Detalle de ayuda

Ayudas de minimis por el precio de los piensos en Baleares

Convocatoria
Illes Balears
30/10/2026
Sin máximo global por beneficiario. La ayuda se calcula por módulos según el número de animales o colmenas, desde 0,30€ por pollo hasta 114€ por hembra de porcino en ciclo cerrado.
BDNS 934071

Beneficiarios

quien

Personas físicas o jurídicas y agrupaciones titulares de explotaciones ganaderas apícolas, de aves de corral, bovino, ovino, caprino o porcino inscritas en el REGA.

cultivos

ganadero (bovino, ovino, caprino, porcino, avícola y apícola)

geografico

Illes Balears (Comunidad Autónoma de las Illes Balears)

actividades

Compensar el sobrecoste de los piensos del ganado por el conflicto en Oriente Medio, mediante módulos por animal o colmena. Ejecución: 28/02/2026 a 30/08/2026.

Cuantía

maximo

Sin máximo global por beneficiario. La ayuda se calcula por módulos según el número de animales o colmenas, desde 0,30€ por pollo hasta 114€ por hembra de porcino en ciclo cerrado.

pres_total

3.500.000€

condiciones

Financiación al 100% por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Ayuda de minimis del Reglamento (UE) 1408/2013 para el sector agrícola. Los módulos compensan el sobrecoste de los piensos durante un máximo de 150 días y el crédito es ampliable con otros créditos destinados a esta finalidad.

importe_unidad

Reproductoras: vacuno 39€ por hembra, ovino y caprino 6€ por hembra, porcino 37,50€ por hembra (114€ por hembra en ciclo cerrado) y gallinas ponedoras 0,79€ por ave. Engorde: terneros 27€ por animal, corderos y cabritos 1,80€ por animal, cerdo 10,80€ por animal y pollos 0,30€ por ave. Apicultura: 6€ por colmena.

Plazo de solicitud

Fin

30/10/2026

Inicio

08/10/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva - canónica

Condiciones especiales

Selección individual de beneficiarios: las solicitudes se resuelven a medida que entran, sin esperar al cierre del plazo. Si se agota el crédito, se suspende la concesión mediante resolución publicada en el BOIB.

Requisitos principales

  • Ser titular de una explotación ganadera inscrita en el REGA y pertenecer a una agrupación de defensa sanitaria de la especie, salvo si el territorio no está cubierto por ninguna

  • Ser titular de una explotación agraria prioritaria en el REA o ser beneficiario en 2025 o 2026 del pago compensatorio de zonas de montaña o con limitaciones específicas

  • Sector apícola: explotación clasificada como profesional según el Real Decreto 209 de 2002, sin exigirse el requisito anterior

  • Mantener los requisitos al menos un año desde la notificación de la concesión

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras

Proceso de solicitud

docs

Formulario de solicitud del FOGAIBA, NIF si es persona jurídica, documentación de representación, documentación de la agrupación si no tiene personalidad jurídica y certificados REGA, RIIA y REA solo si se opone a la consulta de oficio. La lista completa figura en el apartado sexto de la convocatoria.

canal

Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (obligatoria para quien deba relacionarse electrónicamente) o registros del FOGAIBA y la Consejería de Agricultura

AlertasEnlace