Ayudas por daños del lobo al ganado – Galicia 2026
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas de vacuno, ovino, caprino, equino, porcino de raza Celta y asnal/mular afectadas por ataques de lobo.
cultivos
Ganadero.
geografico
Galicia (abierta en toda la comunidad autónoma).
actividades
Indemnización por muerte de ganado (daño emergente y lucro cesante), gastos veterinarios de animales heridos y gastos de eutanasia derivados de ataques de lobo comunicados entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026. Ejecución: 01/10/2025 a 30/09/2026.
Cuantía
maximo
Según el baremo del anexo I: hasta 2.858,57€ por animal (vacuno de raza autóctona de 2 a 6 años) más lucro cesante en hembras, con incremento del 10% si hay medidas preventivas; eutanasia hasta 75€ por animal.
pres_total
597.724€.
condiciones
Incremento del 10% para explotaciones con medidas preventivas (perros de protección, cercados de malla electrificada o vallados fijos) valoradas favorablemente por la Comisión de Valoración. Sin anticipos ni pagos a cuenta. Compatible con otras ayudas para el mismo fin sin superar el importe de los daños; incompatible con indemnizaciones por responsabilidad patrimonial por los mismos daños.
importe_unidad
Importe por animal muerto según el baremo del anexo I de la orden (daño emergente y lucro cesante), incrementado un 10% en explotaciones con medidas preventivas valoradas favorablemente; gastos veterinarios acreditados en animales heridos; eutanasia hasta 75€ por animal.
Plazo de solicitud
Fin
02/11/2026
Inicio
16/12/2025
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia no competitiva
Condiciones especiales
Esta ayuda no incluye condiciones especiales de valoración o selección.
Requisitos principales
Comunicar el ataque al teléfono 012 en 24 horas (ganado intensivo) o 3 días hábiles (semiextensivo o extensivo) y presentar la solicitud en el plazo de un mes desde la comunicación.
Explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Galicia.
Ganado identificado y conforme a los programas sanitarios oficiales; porcino de raza Celta inscrito en el libro genealógico.
No manipular ni trasladar los animales muertos hasta la valoración de los agentes.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Solicitud (anexo II) con declaraciones responsables; facturas veterinarias en caso de animales heridos o eutanasia; acuerdo del órgano competente si es persona jurídica o comunidad de montes; acreditación de la representación. Lista completa en la sede electrónica (procedimiento MT809B).
canal
Preferentemente telemática en la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia (obligatoria para personas jur ídicas y autónomos); presencial para personas físicas no obligadas.