Ayudas directas por incendios forestales a explotaciones agrarias de Castilla-La Mancha
Beneficiarios
quien
Titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas (personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica) situadas en las zonas afectadas por los incendios forestales del Anexo I del decreto.
cultivos
agrícola y ganadero
geografico
Castilla-La Mancha: zonas afectadas por los incendios de Hinojosa de Calatrava y Retuerta del Bullaque (Ciudad Real, Castilla-La Mancha), La Mierla y Selas (Guadalajara, Castilla-La Mancha) y Burgohondo-Almorox (Ávila-Toledo).
actividades
Compensación de daños de los incendios forestales de julio de 2026: hectáreas de cultivo perdidas (cereales, leñosos), ganado muerto o sacrificado, colmenas y pérdida de pastos (alimentación animal en extensivo). Ejecución: 01/10/2026 a 31/03/2027.
Cuantía
maximo
Hasta 60.000€ por persona beneficiaria.
pres_total
2.000.000€, ampliable con una cuantía adicional condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito.
condiciones
Ayuda acogida al artículo 37 del Reglamento (UE) 2022/2472 (daños por catástrofes naturales). Compatible con otras ayudas FEAGA y FEADER, nacionales o regionales y con seguros, siempre que no se supere el 100% del daño; no acumulable con las ayudas para restablecer el potencial productivo agrícola del artículo 14.3.d) del mismo Reglamento.
importe_unidad
Cereales: 600€/ha. Leñosos: 3.700€/ha. Ovino-caprino: 421€/cabeza. Bovino-equino: 4.050€/cabeza. Apícola: 70€/colmena. Pérdida de pastos en explotaciones de carne en extensivo (alimentación animal del 01/10/2026 al 31/03/2027): 0,50€/animal y día en ovino-caprino y 2,5€/animal y día en bovino-equino, multiplicados por el coeficiente de afectación de pastos.