Detalle de ayuda

Ayudas a organizaciones profesionales agrarias sindicales del País Vasco

Convocatoria
15/10/2026
El importe máximo por beneficiario no ha sido publicado.

Beneficiarios

quien

Organizaciones profesionales agrarias de carácter sindical, sin ánimo de lucro, con domicilio social en el País Vasco, que representen y defiendan los intereses socioeconómicos de las personas dedicadas a la agricultura.

cultivos

Agrario (organización profesional agraria representativa del sector agrícola y ganadero vasco).

geografico

Comunidad Autónoma del País Vasco (todo el territorio).

actividades

Interlocución social con la Administración vasca en materias del sector agrario y actividades sindicales de orientación y asesoramiento a personas dedicadas a la agricultura. Ejecución: 01/01/2026 a 31/12/2026.

Cuantía

maximo

El importe máximo por beneficiario no ha sido publicado.

pres_total

241.000€

condiciones

La cuantía a percibir por cada organización no podrá superar los gastos justificados. El crédito se reparte a partes iguales entre los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa; dentro de cada uno, un tercio uniforme entre las organizaciones, un tercio proporcional al número de personas afiliadas al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y un tercio proporcional a las actividades de la memoria justificativa.

importe_unidad

Esta ayuda no realiza pagos por unidad, la financiación cubre el coste íntegro o es gratuita.

Plazo de solicitud

Fin

15/10/2026

Inicio

16/09/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva

Condiciones especiales

El crédito se reparte a partes iguales entre los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa; dentro de cada uno, un tercio uniforme entre las organizaciones, un tercio proporcional al número de personas afiliadas al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y un tercio proporcional a las actividades reflejadas en la memoria justificativa.

Requisitos principales

  • Tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estar legalmente constituida.

  • Cumplir los requisitos del artículo 87 de la Ley 17/2008: representar y defender los intereses socioeconómicos de las personas dedicadas a la agricultura, con implantación en el País Vasco.

  • Tener implantación efectiva y continuada en uno o varios subsectores agrarios durante, al menos, los dos últimos años.

  • Disponer de oficinas abiertas y recursos humanos suficientes para la atención a las personas dedicadas a la agricultura, y no tener ánimo de lucro.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

Acta de constitución y estatutos; memoria justificativa de actividades del ejercicio; certificación del número de personas afiliadas al Régimen Especial Agrario; certificación del acuerdo de la organización para acogerse a la ayuda; declaración responsable del representante legal. Ver bases para el listado completo.

canal

Sede electrónica de euskadi.eus, dirigidas a la Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco.

AlertasEnlace