Ayudas de minimis a exportaciones agroalimentarias de Cataluña
Beneficiarios
quien
Industrias agroalimentarias (pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica) con sede social en Cataluña, que cumplan los requisitos del apartado 2 del anexo 1 de las bases reguladoras.
cultivos
Industria agroalimentaria.
geografico
Cataluña.
actividades
Formación y promoción comercial exterior para iniciar, incrementar o consolidar exportaciones en la Unión Europea y países terceros. Incluye ferias, misiones comerciales, publicidad, promociones, presentaciones, material promocional, consultoría, formación, asesoramiento y comercio electrónico. Ejecución: 01/10/2025 a 30/09/2026.
Cuantía
maximo
10.000€ por persona beneficiaria
pres_total
600.000€
condiciones
Hasta el 70% del gasto subvencionable; no puede superar el coste de la actividad. Límite de minimis: 300.000€ por empresa en tres años. La cuantía total máxima puede ampliarse mediante resolución posterior, condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito.
importe_unidad
Hasta el 70% del gasto subvencionable, con un máximo de 10.000€ por persona beneficiaria.
Plazo de solicitud
Fin
19/09/2026
Inicio
05/09/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
La concesión se efectúa, excepcionalmente, en régimen de concurrencia no competitiva, sin comparar las solicitudes; las ayudas se otorgan según los fondos disponibles, que podrán ampliarse mediante resolución posterior sin necesidad de nueva convocatoria.
Requisitos principales
Ser industria agroalimentaria (pyme o persona física con actividad económica) con sede social en Cataluña.
Cumplir los requisitos del apartado 2 del anexo 1 de las bases reguladoras (Orden ACC/45/2022).
Ejecutar y pagar efectivamente las actuaciones subvencionables antes de presentar la solicitud, dentro del periodo comprendido entre el 01/10/2025 y el 30/09/2026.
No superar el límite de 300.000€ de ayudas de minimis por empresa en un periodo de tres años.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el apartado 2 del anexo 1 de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Documentación establecida en el apartado 7 del anexo 1 de las bases reguladoras; la justificación debe presentarse junto con la solicitud e incluir la documentación del apartado 7.2.
canal
Presentación telemática mediante la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya, según los modelos normalizados.