Detalle de ayuda

Ayuda extraordinaria para gasóleo agrario y transporte por carretera

Convocatoria
Navarra
30/09/2026
Hasta 0,20€ por litro de gasóleo agrario, con un máximo del 70% de los costes extraordinarios respecto al precio previo al conflicto; para el transporte por carretera la ayuda se calcula mensualmente conforme al marco temporal comunitario METSAF.

Beneficiarios

quien

Productores agrarios consumidores de gasóleo agrario y titulares de vehículos de transporte por carretera con derecho a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos, domiciliados fiscalmente en Navarra.

cultivos

Agrario y transporte de mercancías/viajeros por carretera

geografico

Comunidad Foral de Navarra (personas y entidades con domicilio fiscal en Navarra)

actividades

Consumo de gasóleo agrario por productores agrarios y de gasóleo profesional por transportistas por carretera durante el periodo de vigencia de la ayuda. Ejecución: 01/07/2026 a 30/09/2026.

Cuantía

maximo

Hasta 0,20€ por litro de gasóleo agrario, con un máximo del 70% de los costes extraordinarios respecto al precio previo al conflicto; para el transporte por carretera la ayuda se calcula mensualmente conforme al marco temporal comunitario METSAF.

pres_total

El presupuesto total no ha sido publicado todavía.

condiciones

Ayuda sujeta al Marco Temporal de la Comisión Europea de respuesta a la crisis en Oriente Próximo (METSAF); incompatible con ayudas ilegales y no aplicable a empresas en crisis; requiere declaración responsable de cumplimiento de la normativa comunitaria de ayudas de Estado.

importe_unidad

L1 — Gasóleo agrario (jul-sep 2026): hasta 0,20€/litro, máximo 70% del sobrecoste. L2 — Transporte por carretera (gasóleo profesional, jul-sep 2026): importe mensual variable, hasta aproximadamente 0,20€/litro en septiembre de 2026 según normativa estatal.

Plazo de solicitud

Fin

30/09/2026 (fin del periodo de vigencia de la ayuda).

Inicio

No aplica: ayuda de gestión automática (de oficio) vinculada a la solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos (gasóleo agrario) o al uso de la tarjeta de gasóleo profesional (transporte), con efectos desde el 01/07/2026.

plazo_por_actuacion

Gasóleo agrario: junto a cada solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos. Transporte por carretera: mensualmente, al cierre de cada mes natural, mediante tarjeta de gasóleo profesional.

Tipo de procedimiento

tipo

Concesión directa (ayuda extraordinaria y temporal de gestión automática, sin convocatoria en concurrencia competitiva)

Condiciones especiales

El procedimiento de concesión directa no contempla baremo ni condiciones de selección; el importe se calcula automáticamente según la fórmula establecida en la normativa estatal.

Requisitos principales

  • Tener domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra.

  • Ser productor agrario consumidor de gasóleo agrario o titular de vehículos de transporte por carretera con derecho a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos.

  • Cumplir los requisitos de la normativa comunitaria de ayudas de Estado (METSAF), especialmente en materia de ayudas ilegales y empresas en crisis.

  • Presentar la declaración responsable exigida para acreditar el cumplimiento de dichos requisitos.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.

Proceso de solicitud

docs

La documentación exigida para la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos en agricultura y ganadería, o para la inscripción en el censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional, junto con la declaración responsable de cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado.

canal

De oficio, junto con el procedimiento de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos ante la Hacienda Foral de Navarra, o mediante tarjeta de gasóleo profesional para el transporte.

AlertasEnlace