Subvención a industrias agroalimentarias para transformación y comercialización
Beneficiarios
quien
Personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones que sean titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, y responsables finales de la financiación de las inversiones y de los gastos subvencionables (incluye PYME y gran empresa).
cultivos
Sector agroalimentario (industrias de transformación y comercialización de productos agrícolas); no se exige un cultivo concreto, sino la naturaleza agroalimentaria de la industria solicitante.
geografico
Comunidad Autónoma de Aragón (Huesca, Teruel y Zaragoza), sin restricción municipal específica.
actividades
Inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrícolas: introducción de tecnologías y procedimientos, inversiones en redes locales, sistemas de calidad, procesamiento de biomasa agrícola, energías alternativas y cogeneración. El periodo de ejecución previsto no ha sido publicado.
Cuantía
maximo
La subvención no podrá superar el 40% del importe de las inversiones subvencionables (art. 13.4 de la Orden AGA/293/2024, bases reguladoras), con porcentajes variables según el tipo de beneficiario y de producto (hasta 40% para PYME en productos del anexo I del TFUE; porcentajes menores para grandes empresas o productos fuera de dicho anexo). No se ha publicado un importe máximo fijo en euros por beneficiario.