Ayuda extraordinaria por incremento de costes de fertilizantes
Beneficiarios
quien
Titulares de explotaciones agrarias elegibles para las ayudas directas de la PAC en la campaña 2025 con superficies de cultivos permanentes o tierras de cultivo (excluidos barbecho y pastos temporales); también titulares no perceptores de la PAC dados de alta en los registros autonómicos de explotaciones con ingresos agrarios en 2024 de al menos 5.000€.
cultivos
agrícola
geografico
abierta en toda España
actividades
Compensación del incremento de costes por el uso de productos fertilizantes en explotaciones agrarias. Periodo admisible: 01/03/2026 a 31/12/2026.
Cuantía
maximo
No se fija un importe máximo global único: el límite viene dado por el tope de superficie (máximo 300 ha por beneficiario, priorizando la de regadío) aplicado a los importes unitarios de hasta 92,50€/ha en regadío y hasta 38,33€/ha en secano (máximo teórico: 27.750€ si toda la superficie es de regadío). No se conceden ayudas cuando el importe resultante es inferior a 100€.
pres_total
665.000.000€.
condiciones
Ayuda ajustada al Marco Temporal de la Comisión Europea de respuesta a la crisis en Oriente Próximo (METSAF), adoptado el 29/04/2026. Periodo de ayuda admisible: 01/03/2026 a 31/12/2026.
importe_unidad
38,33€/ha en superficie de secano; 92,50€/ha en superficie de regadío.
Plazo de solicitud
Fin
Esta ayuda se concede de oficio por el FEGA a los titulares que cumplan los requisitos; no existe un plazo de solicitud para el beneficiario.
Inicio
Esta ayuda se concede de oficio por el FEGA a los titulares que cumplan los requisitos; no existe un plazo de solicitud para el beneficiario.
Tipo de procedimiento
tipo
Concesión directa
Condiciones especiales
El procedimiento de concesión directa no contempla baremo ni condiciones de selección.
Requisitos principales
Ser titular de una explotación agraria elegible para las ayudas directas de la PAC en la campaña 2025, con superficies de cultivos permanentes o tierras de cultivo (excluidos barbecho y pastos temporales).
Alternativamente, estar dado de alta como titular de explotación agraria en los registros autonómicos correspondientes y haber declarado ingresos agrarios en el ejercicio fiscal 2024 de al menos 5.000€.
Aceptar expresamente la ayuda en la sede electrónica del FEGA en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la relación de beneficiarios en la que se figure.
Haber comprado o comprometerse a comprar fertilizantes con fecha posterior al 1 de marzo de 2026 y conservar las facturas de compra durante 10 años.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
No se requiere presentar documentación para obtener la ayuda; se recomienda expresamente no enviar ningún tipo de documentación. Solo debe aceptarse la ayuda en la sede electrónica del FEGA en el plazo indicado tras cada publicación.
canal
No aplica: la ayuda se concede de oficio, sin solicitud del beneficiario. El FEGA publica relaciones de beneficiarios en su sede electrónica, donde debe aceptarse expresamente la ayuda.
Enlaces
name
Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) — ayuda extraordinaria por fertilizantes
name
Sede Electrónica del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA)