Subvenciones de libre concurrencia para la dinamización de la producción local (Llodio)
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas (asociaciones y entidades) que promuevan o realicen la actividad objeto de la subvención. Las asociaciones deben tener domicilio social en Llodio, estar legalmente constituidas e inscritas en registros vascos y municipales, y ser sin ánimo de lucro.
cultivos
Sector primario local, agropecuario y ganadero, y agroalimentario.
geografico
Llodio (Álava, País Vasco) para comercialización; comarcas de Aiaraldea o Alto Nervión para producción/elaboración.
actividades
Financiación de iniciativas, acciones y gastos para la promoción, dinamización y mejora de la comercialización del producto local, impulsando la venta directa y el consumo de proximidad en el municipio. Ejecución: 01/01/2026 a 31/12/2026.
cita
Asunto: Aprobación de la convocatoria de subvenciones de libre concurrencia para la dinamización y promoción de la producción local de Llodio en el año 2026. / SEGUNDO. Entidades y personas beneficiarias. Tendrá la consideración de beneficiaria, toda persona o entidad que, a nivel individual o colectivo, promueva o realice la actividad que constituye el objeto de la subvención. / El objeto de la presente convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a conceder por el Ayuntamiento de Llodio, a través de su Área de Promoción Económica y subárea, denominada Economía Social y Primer Sector. Estarán destinadas a la financiación de iniciativas, acciones y gastos de promoción, dinamización y mejora del proceso de comercialización del producto local, con el fin de impulsar la venta directa y el consumo de proximidad en el municipio. La subvención deberá destinarse a gastos asumidos en periodo del año 2026.
Cuantía
maximo
10.000€ por beneficiario
pres_total
10.000€
condiciones
La cuantía se calculará ponderadamente según los puntos obtenidos, sin exceder el déficit ni la cantidad solicitada. Los costes indirectos subvencionados no superarán el 15% de los costes directos. El gasto por servicios de gestión profesional no superará el 5% de la subvención otorgada. Compatibles con otras ayudas, excepto las del mismo Ayuntamiento para la misma acción, programa o gasto, siempre que no superen el coste de la actividad subvencionada.
importe_unidad
Esta ayuda no realiza pagos por unidad, la financiación cubre el coste íntegro o es gratuita.
cita
SEGUNDO. Aprobar el gasto de 10.000,00 euros destinado a dicha convocatoria. El cómputo total de todas las subvenciones concedidas por medio de esta convocatoria (año 2026) nunca podrá superar la cantidad referida de 10.000,00 euros, prevista en el presupuesto municipal vigente. / 5.- El importe máximo a percibir por cada beneficiario o beneficiaria será de 10.000,00 euros en la presente convocatoria. / 1.- La cuantía de las subvenciones se calculará de forma ponderada en función del número de puntos que cada propuesta haya obtenido por medio de la aplicación de los criterios de valoración, no pudiendo la subvención máxima a una actividad exceder del déficit de la misma ni de la cantidad solicitada. / En cualquier caso, los costes indirectos subvencionados no superarán el 15 % del total de los costes directos imputables al programa subvencionado. / Este concepto no podrá superar el cinco por ciento (5%) del importe total de la subvención otorgada. / La concesión de estas ayudas será compatible con la obtención de cualquier otro tipo de subvención, a excepción de las que se puedan otorgar por esta u otras áreas del Ayuntamiento de Llodio para la misma entidad, persona o asociación beneficiaria y misma acción, programa o gasto. En todo caso, el importe de las subvenciones reguladas en esta convocatoria en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, supere el coste de la actividad subvencionada.
Plazo de solicitud
Fin
22/09/2026
Inicio
26/08/2026
cita
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte (20) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOTHA
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Criterios de valoración: calidad e idoneidad de las propuestas (hasta 60 puntos), carácter innovador/creativo (hasta 15 puntos), propuestas colectivas (hasta 15 puntos), actividades que involucren a mujeres del sector primario (10 puntos). Propuestas con menos de 25 puntos serán excluidas.
cita
PRIMERO. Aprobar la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la dinamización y promoción del mercado de productores locales en 2026. ... SEXTO. Criterios de valoración. 1.- La concesión de la subvención se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. 2.- La concesión de ayudas se efectuará hasta agotar el crédito disponible destinado a atender las mismas en ese momento, siguiendo los siguientes criterios (máximo de 100 puntos): a) Se valorará la calidad e idoneidad de las propuestas presentadas... (hasta 60 puntos). b) Se valorará el carácter innovador, original o creativo de la propuesta... (hasta 15 puntos). c) Tendrán carácter prioritario las propuestas presentadas a nivel colectivo... (hasta 15 puntos). d) Actividades que involucren a mujeres que desarrollan actividades dentro del sector primario o de primera transformación de productos de caserío (10 puntos). Las propuestas con puntuación inferior a 25 puntos quedarán fuera de la convocatoria.
Requisitos principales
Toda persona o entidad, individual o colectiva, que promueva o realice la actividad objeto de la subvención.
Las asociaciones y entidades deben tener su domicilio social en Llodio, desarrollar su actividad total o parcialmente en el municipio, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco y en el Registro municipal de Asociaciones de Llodio, y ser sin ánimo de lucro.
Las asociaciones deben garantizar la democracia interna en sus órganos de gobierno y acreditar una trayectoria en materia de igualdad de mujeres y hombres o que la promoción de la igualdad figure entre sus fines estatutarios.
Las personas físicas que formen parte de una asociación o entidad que solicite las mismas ayudas podrán ser beneficiarias siempre que la actuación propuesta no haya sido presentada simultáneamente por la entidad o asociación a la que pertenezcan.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Instancia normalizada (E10.14), DNI/Pasaporte/NIE del firmante, NIF y acreditación legal (si aplica), número de cuenta, relación de gastos/iniciativas, presupuesto detallado, y acreditación de solicitud de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones (si aplica).
canal
Sede electrónica o Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento (SAC) para personas físicas, y sede electrónica para personas jurídicas.
cita
Las solicitudes deberán ser presentadas mediante instancia normalizada (E10.14) de forma telemática vía sede electrónica o a través del Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento (SAC) según lo dispuesto en la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Junto a la instancia normalizada (E10.14) se aportará la siguiente documentación e información: 1.- Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identificación de Extranjeros de la persona firmante... 2.- Cuando la solicitud se realice en nombre de una asociación u otra entidad, Número de Identificación Fiscal de la solicitante y acreditación de encontrarse debidamente constituida legalmente. 3.- Número de cuenta bancaria a nombre de la persona o entidad solicitante... 4- Relación de gastos, iniciativas o programa de actividades para los que se solicita la subvención... 5.- Presupuesto detallado de los ingresos y de los gastos de las inversiones... 6.- En el caso de no estar dado de alta en el Registro Municipal de Asociaciones... habrá que indicar que se ha solicitado su inscripción...
Enlaces
name
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Laudio/Llodio