Ayudas para avales SAECA por la crisis de Oriente Medio
Beneficiarios
quien
Titulares de explotaciones agrarias inscritos en REGA/REGEPA con al menos el 25% de ingresos agrarios, PYMES de alimentación y bebidas (CNAE C10/C11), operadores de pesca marítima y acuicultura, armadores de buques pesqueros de la lista 3ª, entidades asociativas pesqueras, cooperativas agroalimentarias y operadores de comercio mayorista de frutas/hortalizas y transformación de algodón.
cultivos
agroalimentario y pesquero
geografico
abierta en toda España
actividades
Financiación de comisiones de avales SAECA formalizados para préstamos destinados a paliar los efectos de la crisis de Oriente Medio. El periodo de ejecución previsto no ha sido publicado.
Cuantía
maximo
No se fija un importe máximo de ayuda per se: se subvenciona el 100% de la comisión de aval SAECA y, en los casos indicados, la comisión de estudio. Según las bases reguladoras (RD 388/2021), el aval subvencionable tiene un límite de 75.000€ para titulares de explotaciones agrarias y 120.000€ para PYMES de la industria agroalimentaria.
pres_total
75.000.000€ (aplicación presupuestaria 21.01.411M.777.01 de los Presupuestos Generales del Estado 2026).
condiciones
Sujeto a los límites de minimis aplicables según sector (Reglamentos UE 2023/2831, 1408/2013 y 717/2014). El importe acumulado de las subvenciones no podrá superar el coste de la actividad subvencionada ni concurrir con otras ayudas por encima de dichos límites.
importe_unidad
Comisión de estudio: 0,50% del importe avalado (pago único, solo en determinados supuestos). Comisión de aval: 1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.
Plazo de solicitud
Fin
30/09/2028 (o hasta agotamiento del crédito disponible, lo que ocurra antes)
Inicio
01/07/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concesión directa por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta agotamiento del crédito
Condiciones especiales
El procedimiento de concesión directa no contempla baremo ni condiciones de selección.
Requisitos principales
Estar incluido en alguno de los colectivos de beneficiarios definidos: titulares de explotaciones agrarias (REGA/REGEPA), PYMES de alimentación/bebidas, operadores de pesca/acuicultura, entidades asociativas pesqueras, cooperativas agroalimentarias u operadores de comercio mayorista de frutas y hortalizas.
Formalizar un préstamo garantizado con aval de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), destinado a paliar los efectos de la crisis de Oriente Medio.
Cumplir los límites de ayuda de minimis aplicables según el sector de actividad (general, agrícola o pesquero).
Si está abierto el plazo de las ayudas del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, esta subvención solo podrá concederse para la parte del crédito acogida a dicho artículo.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras.
Proceso de solicitud
docs
Prueba de inscripción en los registros correspondientes (REGA/REGEPA u otros), declaración responsable sobre el porcentaje de ingresos agrarios, Anexo I de causas de exclusión y declaración de ayudas de minimis recibidas anteriormente. Documentación completa en las bases reguladoras (RD 388/2021).
canal
Oficina Virtual de SAECA (Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria), mediante el mismo documento de solicitud del aval, marcando la casilla específica de acogimiento a la subvención.
Enlaces
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Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) — sitio oficial