Detalle de ayuda

Subvenciones para la ordenación de flujos migratorios laborales (2026)

Convocatoria
España
17/09/2026
L1 — Selección de trabajadores: hasta 125.000€. L2 — Organización y coordinación de desplazamientos: hasta 187.500€. L3 — Campañas de temporada: hasta 2.500€. L4 — Asesoramiento sociolaboral: hasta 92.500€. L5 — Sesiones informativas o formativas: hasta 92.500€.
BDNS 925527

Beneficiarios

quien

Organizaciones empresariales y sindicales, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro.

cultivos

Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos)

geografico

abierta en toda España

actividades

Participación en procesos de selección de trabajadores extranjeros no residentes en España, organización y coordinación de contrataciones y desplazamientos de trabajadores migrantes, promoción y apoyo a campañas de temporada, desarrollo de proyectos piloto, asesoramiento e información sociolaboral específica para trabajadores migrantes, y organización e impartición de sesiones informativas y/o formativas. Ejecución: 01/07/2025 a 30/06/2026.

Cuantía

maximo

L1 — Selección de trabajadores: hasta 125.000€. L2 — Organización y coordinación de desplazamientos: hasta 187.500€. L3 — Campañas de temporada: hasta 2.500€. L4 — Asesoramiento sociolaboral: hasta 92.500€. L5 — Sesiones informativas o formativas: hasta 92.500€.

pres_total

500.000€

condiciones

No se han establecido condiciones específicas sobre el importe o la financiación de esta ayuda.

importe_unidad

Esta ayuda no realiza pagos por unidad, la financiación cubre el coste íntegro o es gratuita.

Plazo de solicitud

Fin

17/09/2026

Inicio

21/08/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva - canónica

Condiciones especiales

Esta ayuda no incluye condiciones especiales de valoración o selección.

Requisitos principales

  • Las entidades beneficiarias serán organizaciones empresariales y sindicales, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro que no se encuentren incursas en alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  • Las actuaciones subvencionables deben haberse realizado entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.

  • Solo se subvencionarán actuaciones con un coste igual o superior a 500 euros por proceso selectivo, 2.500 euros por proyecto de promoción/apoyo, y 1.000 euros por iniciativa de sesiones informativas/formativas.

  • Los gastos subvencionables serán hasta un máximo del 75% del coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras

Proceso de solicitud

docs

Documentación acreditativa según el modelo de solicitud del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Consultar el detalle en la Orden ISM/676/2022, de 15 de julio.

canal

Exclusivamente por medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

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