Ayudas por daños de ciervo, corzo y jabalí en Bizkaia
Beneficiarios
quien
Personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias (REA, REGA, Registro vitícola, Registro de Operadores Profesionales de Vegetales) y titulares de plantaciones forestales autorizadas a repoblación.
cultivos
Sector primario, incluyendo explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales, cultivos leñosos, viñedos, hortícolas, pastos y forrajeros.
geografico
Territorio Histórico de Bizkaia
actividades
Paliar los daños producidos por el ciervo, corzo y jabalí en explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales. Los daños deben haberse producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Cuantía
maximo
6.000€/ha para plantaciones forestales, cultivos leñosos, viñedos y cultivos hortícolas. Para frutales de pepita, el máximo es 2.000€/ha. Para viveros hortícolas en invernadero, 79.253,41€; para viveros frutales/ornamentales, 48.703,48€; para viveros forestales (raíz desnuda), 48.703,48€; y para viveros forestales (contenedor), 114.927,00€.
pres_total
240.000€
condiciones
El importe final se ajustará proporcionalmente en función del número de solicitudes o de la dotación disponible. Se podrá detraer un 20% del importe si no se dispone de medidas preventivas. Se prevé una cuantía adicional de hasta 2.000.000€.
importe_unidad
La cuantía de la ayuda será de hasta el 100% de los baremos establecidos en los Anexos I, II, III y IV. El importe mínimo subvencionable es de 250€ por titular afectado y 250€/ha.