Subvenciones creación de empresas en Vila-seca (Línea 3, jóvenes)
Beneficiarios
quien
Personas físicas y jurídicas de naturaleza privada que instalen una nueva actividad económica en Vila-seca, lideradas por jóvenes entre 18 y 35 años. En personas jurídicas, al menos un joven fundador con un mínimo del 50% de participaciones.
cultivos
Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos)
geografico
Vila-seca (Tarragona, Cataluña)
actividades
Creación y establecimiento de nuevas empresas, incluyendo gastos de adaptación de locales, utillaje, material informático y telefonía, y cuotas de Seguridad Social. Ejecución: primer año de la actividad.
Cuantía
maximo
5.000€ por beneficiario
pres_total
30.000€ con cargo a la partida 4021/43300/47000 del Presupuesto Municipal del ejercicio 2026 (ampliable hasta 10.000€ adicionales si el crédito resultara insuficiente)
condiciones
El Ayuntamiento podrá ampliar la consignación presupuestaria si resultara insuficiente, sin necesidad de nueva convocatoria. Ayudas compatibles con las de otras administraciones. Concesión condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
importe_unidad
5.000€ por beneficiario, con límites por tipo de gasto: hasta 60% en adaptación de locales; hasta 30% en utillaje, material informático y telefonía, y cuotas SS.
Plazo de solicitud
Fin
11/08/2026
Inicio
22/07/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Ante un requerimiento de documentación esencial no respondido en plazo, se pierde el orden de prelación de presentación; la fecha de presentación de la documentación requerida pasa a ser la de referencia para la ordenación de la solicitud.
Requisitos principales
Ser personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, que instalen una nueva actividad económica con domicilio social en el municipio de Vila-seca y dispongan de capacidad legal antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Acreditar el alta en el censo de empresas entre el 01 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2026 (incluidos), y acreditar nueva alta en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo (RETA) o mutualidad alternativa.
La nueva actividad económica no puede ser un cambio de domicilio de la misma dentro del municipio, y si se ha ejercido una actividad similar, debe haber transcurrido un periodo de un año continuado antes del inicio de la nueva actividad.
No incurrir en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones, y estar al corriente de las obligaciones de justificación de cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Solicitud normalizada, NIF/DNI/NIE, escrituras/estatutos (personas jurídicas), certificado censal IAE, alta RETA/mutualidad, vida laboral, permisos/licencia local (si aplica), memoria de actividad y certificado de titularidad bancaria. Ver punto 10.
canal
Oficina de atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Vila-seca (presencial) o mediante la sede electrónica (telemática).