Subvenciones para retirada de amianto y protección de caídas (Extremadura)
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas y agrupaciones de personas físicas y jurídicas, incluyendo comunidades de bienes o unidades económicas sin personalidad jurídica, con actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
cultivos
Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos)
geografico
Extremadura
actividades
Retirada de cubiertas ligeras con amianto y/o instalación de medidas de protección de caídas de altura (líneas de vida permanentes) en centros de trabajo. Ejecución: desde la publicación de la convocatoria en el DOE (17/07/2026, fecha estimada) hasta la finalización del plazo de justificación, dos meses desde la resolución de concesión (fecha variable).
cita
Segundo. Personas y entidades beneficiarias. 1. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas y las agrupaciones de personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que, cumplan los requisitos enumerados en el resuelvo tercero de esta convocatoria, tengan un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimos doce meses, tengan actividad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, realicen las inversiones objeto de subvención conforme a lo establecido en la presente convocatoria, en centros de trabajo situados en Extremadura, y sean propietarios/as o arrendatarios/as de los inmuebles donde se sitúen dichos centros de trabajo. Cuarto. Actuaciones subvencionables y requisitos de ejecución. 1. Son actuaciones subvencionables, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto de bases reguladoras, la realización de forma individualizada o en conjunto de las siguientes inversiones: - Línea de ayuda 1: retirada en los centros de trabajo de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto... - Línea de ayuda 2: instalación en los centros de trabajo de medidas de protección de caídas en altura en trabajos de mantenimiento en cubiertas mediante la instalación de líneas de vida permanentes.
Cuantía
maximo
20.000€ por centro de trabajo (Línea 1) · 5.000€ por centro de trabajo (Línea 2) · 25.000€ por centro de trabajo (solicitud conjunta).
pres_total
102.489,65€
condiciones
Ayudas sujetas al régimen de mínimis (Reglamento UE 2023/2831); el importe total de mínimis por beneficiario no podrá superar 300.000€ en cualquier período de tres años. Incompatibles con otras subvenciones a fondo perdido concedidas para la misma finalidad.
importe_unidad
L1 — retirada de cubiertas con amianto: 85% de la inversión subvencionable, con un máximo de 25€ por metro cuadrado de cubierta. L2 — instalación de líneas de vida permanentes: 50% de la inversión subvencionable, con un máximo de 20€ por metro lineal.
cita
Decimocuarto. Cuantía de la subvención. 1. Para la línea de ayuda 1: [...] un porcentaje del 85% de la inversión subvencionable [...], con un máximo de 20.000 euros por centro de trabajo. El importe máximo subvencionable por metro cuadrado de cubierta [...] es de 25 euros por metro cuadrado. 2. Para la línea de ayuda 2: [...] un porcentaje del 50% de la inversión [...], con un máximo de 5.000 euros por centro de trabajo. El importe máximo subvencionable por metro lineal de línea de vida permanente [...] es de 20 euros por metro lineal. 3. En caso de solicitud conjunta [...] el máximo global no podrá superar los 25.000 euros por centro de trabajo [...]. Vigésimo primero. Financiación. 1. El importe total del crédito destinado a la segunda convocatoria de 2026 será de CIENTO DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (102.489,65 €) [...]. Vigésimo segundo. Carácter de mínimis de las ayudas. 1. Las ayudas previstas [...] estarán sujetas al régimen de mínimis, conforme al Reglamento (UE) 2023/2831 [...]. el importe total de las ayudas de mínimis concedidas por beneficiario/a no podrá superar la cantidad de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.
Plazo de solicitud
Fin
06/08/2026
Inicio
17/07/2026
cita
El plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria de la subvención en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
La concesión se realizará mediante comparación de solicitudes y prelación según criterios de valoración (altura de caída, superficie de cubierta). En caso de empate, se prioriza la mayor inversión subvencionable.
cita
El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica... La concesión de las subvenciones se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en el resuelvo decimosegundo de esta convocatoria y se adjudicará, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
Requisitos principales
Ser propietario/a o arrendatario/a de la edificación o edificaciones que constituyen el centro de trabajo donde se van a desarrollar las actuaciones, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Disponer de apertura del centro de trabajo diligenciada ante la Dirección General competente en materia de trabajo o licencia de actividad municipal, con una anterioridad mínima de doce meses previos a la publicación de la convocatoria.
Contar con un mínimo de tres personas trabajadoras por cuenta ajena de media en los últimos doce meses previos a la publicación de la convocatoria.
No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en la normativa de subvenciones, ni ser Administraciones Públicas, entidades del sector público, empresas de minería o aquellas a las que no les aplique el Reglamento (UE) 2023/2831 de mínimis.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Solicitud (Anexo I), acreditación de titularidad o arrendamiento del centro de trabajo, comunicación de apertura del centro de trabajo, presupuesto de la actuación subvencionable y declaración de ayudas de mínimis recibidas. Lista completa en el resuelvo noveno de la convocatoria.
canal
De forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico y la sede electrónica asociada de la Junta de Extremadura.
cita
Las solicitudes, acompañadas de la documentación que se señala en el resuelvo noveno de la presente convocatoria, se tramitarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico dentro de la ficha correspondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/0697724 desde donde se habilitará el acceso a sede electrónica asociada para presentar la solicitud.