Detalle de ayuda

Ayudas de minimis para maquinaria contra herbicidas

Convocatoria
Cataluña
05/08/2026
50.000€ por persona beneficiaria (base 5.1.c, PYME/persona física) · 40.000€ por persona beneficiaria (base 5.1.d, gran empresa).
BDNS 919303

Beneficiarios

quien

Personas establecidas en los apartados 1.c) y 1.d) de la base 5 (PYME/persona física y gran empresa), así como entidades sin personalidad jurídica (comunidades de bienes, sociedades civiles privadas o agrupaciones de productores).

cultivos

agrícola

geografico

Cataluña

actividades

Adquisición de maquinaria y equipos nuevos para reducir el uso de herbicidas en el control de malas hierbas: deshierba mecánica, pulverizadores avanzados, equipos de control térmico y desinfección de suelo. Ejecución: tras la presentación de la solicitud y hasta el 16/10/2026.

Cuantía

maximo

50.000€ por persona beneficiaria (base 5.1.c, PYME/persona física) · 40.000€ por persona beneficiaria (base 5.1.d, gran empresa).

pres_total

200.000€.

condiciones

Ayuda de minimis (Reglamento UE 2023/2831): el total de ayudas de minimis recibidas por la empresa no puede superar 300.000€ en un periodo de tres años. El importe no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

importe_unidad

Hasta el 50% de la inversión subvencionable para beneficiarios de la base 5.1.c) y hasta el 40% para beneficiarios de la base 5.1.d), ampliable hasta el 65% si no se agota la disponibilidad presupuestaria.

Plazo de solicitud

Fin

05/08/2026

Inicio

16/07/2026

Tipo de procedimiento

tipo

Concurrencia competitiva - canónica

Condiciones especiales

Priorización según tipo de beneficiario y tipo de equipo adquirido. En caso de empate sin presupuesto suficiente, se reduce proporcionalmente la cuantía de la ayuda entre las solicitudes afectadas.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria establecidos en los apartados 1.c) y 1.d) de la base 5 de las bases reguladoras.

  • La cantidad total de ayudas de minimis recibidas por la empresa no debe superar los 300.000€ en el año en curso y los dos anteriores.

  • Las inversiones deben ejecutarse después de presentar la solicitud y como máximo hasta el 16 de octubre de 2026, no siendo subvencionables las actuaciones previas.

  • La maquinaria y equipos subvencionados deben inscribirse a nombre del solicitante en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), salvo exención.

  • El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras

Proceso de solicitud

docs

Acreditación de representación, escrituras/estatutos (personas jurídicas), memoria detallada de la inversión, presupuesto o factura proforma, mínimo tres presupuestos si el gasto supera 15.000€ y declaración de ayudas de minimis recibidas. Ver apartado 7 de la convocatoria.

canal

De forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya, según los modelos normalizados.

AlertasEnlace