Subvenciones para la nueva participación en regímenes de calidad (Aragón 2026)
Beneficiarios
quien
Productores primarios que se incorporen a regímenes de calidad a partir del 1 de enero de 2026, o aquellos que ya fueron beneficiarios en años anteriores (2022-2025) y solicitan el 2º, 3º, 4º o 5º año de pago.
cultivos
Agrícola y ganadero
geografico
Comunidad Autónoma de Aragón
actividades
Apoyar la nueva participación en regímenes de calidad. Incluye costes de inscripción, cuotas anuales de participación (hasta 5 años) y costes de controles de certificación, incluida analítica obligatoria. Ejecución: 01/01/2026 a 01/09/2026.
Cuantía
maximo
No se establece un importe máximo fijo por beneficiario: la subvención se calcula aplicando un porcentaje (del 80% al 100%) sobre el gasto subvencionable, según la puntuación obtenida en el baremo.
pres_total
545.000€ (234.350€ FEADER, 152.600€ Comunidad Autónoma de Aragón y 158.050€ Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación)
condiciones
Cofinanciación: FEADER, Comunidad Autónoma de Aragón y Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Incompatible con otras subvenciones financiadas por fondos estructurales o de cohesión de la UE.
importe_unidad
El porcentaje de subvención varía del 80% al 100% del gasto subvencionable según la puntuación obtenida (60 a 100 puntos). El importe mínimo anual de la subvención será de 150€.
Plazo de solicitud
Fin
03/08/2026
Inicio
14/07/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
La cuantificación de la subvención se basa en un baremo de puntos (joven agricultor, explotación prioritaria, zonas con limitaciones naturales, mujer titular).
Requisitos principales
Ser productor primario que se incorpore en un régimen de calidad a partir del 1 de enero de 2026, o ser beneficiario de años anteriores (2022-2025) para su 2º, 3º, 4º o 5º año de pago, en alguno de los regímenes de calidad específicos (DOP, IGP, Producción ecológica) detallados en la convocatoria.
Ser titular de explotación agraria en Aragón, verificable a través de su inscripción en el REA, REGA u otros registros oficiales agrarios.
No haber sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por razón de género, ni haber sido sancionado en materia laboral, y cumplir con la legislación medioambiental vigente.
Las facturas justificantes del gasto realizado deben haberse emitido a partir del 1 de enero de 2026 hasta el 1 de septiembre de 2026.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Acuerdo de la entidad (personas jurídicas) y documento de representación (si aplica), además de las declaraciones responsables incluidas en el modelo normalizado de solicitud. Listado completo en el artículo correspondiente de la Orden AGM/426/2023.
canal
Sede electrónica de la Administración Pública de Aragón (procedimiento 11513) para obligados. Personas físicas pueden presentar telemáticamente o presencialmente en registros oficiales.