Ayudas destilación de subproductos de vinificación Aragón 2026
Beneficiarios
quien
Destilerías autorizadas por la Comunidad Autónoma de Aragón que cumplan los requisitos de los artículos 49 y 50 del Real Decreto 905/2022.
cultivos
Sector vitivinícola (destilación de subproductos de vinificación)
geografico
Comunidad Autónoma de Aragón
actividades
Destilación de subproductos de vinificación (orujos de uva, vino y lías) para la obtención de alcohol bruto, incluyendo compensación por gastos de transporte y recogida de subproductos. Ejecución: 16/10/2026 a 20/07/2027 de cada campaña.
Cuantía
maximo
Esta ayuda no establece un importe máximo individual por beneficiario; el importe se calcula por hectógrado de alcohol obtenido según el baremo del artículo 50 del Real Decreto 905/2022 (ver Cuantía.importe_unidad).
pres_total
2.000.000€
condiciones
Ayuda financiada por el FEAGA. Incompatible con otras subvenciones para la misma finalidad. El pago se realizará en uno o dos plazos, pudiendo ser el primero un anticipo del 80% con garantía. El importe definitivo se calculará según el artículo 52 del Real Decreto 905/2022.
importe_unidad
1,100 EUR/hectógrado para alcohol de orujos; 0,500 EUR/hectógrado para alcohol de vino y lías. Compensación por transporte: 0,571 EUR/hectógrado por orujos; 0,400 EUR/hectógrado por vino y lías.