Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del empleo (Convocatoria 2026)
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas que realicen actividad económica en el término municipal de Piélagos y fomenten el empleo estable de trabajadores desempleados, o que inicien una actividad empresarial (autónomos, empresas individuales, sociedades de nueva creación, economía social) en el mismo municipio.
cultivos
Convocatoria multisectorial (dirigida a una amplia variedad de sectores económicos)
geografico
Piélagos (Cantabria)
actividades
Fomento de la creación de empleo mediante la contratación de trabajadores desempleados (Programa I) y apoyo al empleo autónomo o constitución de sociedades (Programa II). El periodo de ejecución previsto no ha sido publicado.
Cuantía
maximo
3.000€ por beneficiario para el Programa I; para el Programa II, la subvención no podrá ser superior al 15% de la inversión acreditada.
pres_total
40.000€
condiciones
Las ayudas son a fondo perdido y compatibles con otras de similar naturaleza. Para el Programa II, el beneficiario debe acreditar un desembolso superior a 3.000€ más IVA en bienes de inversión y mantener la actividad al menos 6 meses.
importe_unidad
L1 — Programa I (contratación de desempleados): hasta 1.500€ por contrato, máximo 3.000€ por beneficiario. L2 — Programa II (empleo autónomo): cuantía determinada por un sistema de puntos según el volumen de inversión (8 a 30 puntos), con incremento del 10% al 25% por financiación externa.
Plazo de solicitud
Fin
20/07/2026
Inicio
23/06/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
La subvención se concederá en función de criterios de valoración específicos para cada programa (contratación de desempleados y ayuda al empleo autónomo).
Requisitos principales
Para el Programa I (contratación): El empresario debe tener su domicilio social o centro de trabajo en el municipio de Piélagos y haber contratado trabajadores que supongan un aumento neto en la plantilla en el ejercicio de la convocatoria o el anterior, manteniendo el contrato un mínimo de 1 año a tiempo completo o media jornada.
Para el Programa I (contratación): Los trabajadores contratados deben residir en el municipio y estar inscritos en el Servicio Cántabro de Empleo o en la bolsa de trabajo de la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Piélagos.
Para el Programa II (empleo autónomo): El inicio de la actividad subvencionada debe haberse producido en el ejercicio de la convocatoria o en el inmediatamente anterior, y el beneficiario debe acreditar un desembolso superior a 3.000€ más IVA en bienes de inversión.
Para el Programa II (empleo autónomo): El beneficiario debe mantener la actividad subvencionada en funcionamiento al menos 6 meses desde la concesión de la subvención y no haber desarrollado la misma o similar actividad como autónomo en los veinticuatro meses anteriores al alta de la actividad.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Instancia, memoria de actividad, cuenta corriente, documentación acreditativa de empresario (constitución sociedad/alta autónomos, DNI, alta SS como empleador, certificados de pago, plantilla preexistente, licencia de apertura) y de la contratación (DNI contratados, DARDE, contrato de trabajo, informe servicios sociales).
canal
Registros Municipales o por cualquiera de los medios regulados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.