Ayudas a los regímenes de calidad de productos agrícolas y alimenticios
Beneficiarios
quien
Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias en el País Vasco inscritas en regímenes de calidad (Capítulos II y III), y entidades gestoras de Denominaciones de Origen, Indicaciones Geográficas Protegidas o Producción Ecológica Certificada (Capítulo IV).
cultivos
agrícola y ganadero (productos acogidos a regímenes de calidad: DOP, IGP y producción ecológica certificada)
geografico
Comunidad Autónoma del País Vasco
actividades
Cap. II y III: participación en regímenes de calidad, primas renovables anualmente sin periodo de ejecución fijo. Cap. IV: campañas de información y promoción. Ejecución: 01/01/2026 a 30/11/2026 (Capítulo IV).
Cuantía
maximo
3.500€ por explotación y año (Capítulos II y III, hasta 5 años); hasta el 70% de los costes subvencionables de la campaña (Capítulo IV)
pres_total
816.872,90€ (127.190,09€ Capítulo II - primera participación en regímenes de calidad; 60.000€ Capítulo III - continuidad ayudas PDR 2015-2022; 629.682,81€ Capítulo IV - información y promoción), cofinanciado con FEADER y Presupuestos Generales de la CAE
condiciones
Ayudas cofinanciadas por FEADER y Presupuestos Generales de la CAE (Capítulos II y IV) y financiadas íntegramente con fondos autonómicos (Capítulo III). Las primas del Capítulo II se incrementan un 15% para explotaciones de titularidad femenina o compartida. Compatibles entre regímenes de calidad sin superar el máximo individual. Las ayudas del Capítulo III están sujetas al régimen de minimis en el sector agrícola (Reglamento (UE) 1408/2013, modificado por el Reglamento (UE) 2024/3118).
importe_unidad
L1 — Participación por primera vez en regímenes de calidad (Cap. II): prima anual según costes fijos, hasta 3.500€/explotación/año (mínimo 400€ para tener derecho a cobro). L2 — Continuidad de ayudas PDR 2015-2022 (Cap. III): misma fórmula y límites que L1. L3 — Información y promoción de productos con régimen de calidad (Cap. IV): hasta el 70% de los costes subvencionables de campañas realizadas entre el 01/01/2026 y el 30/11/2026.
Plazo de solicitud
Fin
01/08/2026
Inicio
02/07/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Las ayudas de los Capítulos II y III se conceden por orden de prioridad si el crédito no alcanza para todas las solicitudes (mujeres, producción ecológica, IGP Euskal Okela, DOP Idiazabal, otras DOP/IGP, con desempate por jóvenes agricultores y zona de montaña). El Capítulo IV valora los Planes de Acción según su viabilidad técnica, económica y financiera.
Requisitos principales
Capítulos II y III: ser titular de una explotación agraria activa en el País Vasco e inscribirse por primera vez en un régimen de calidad elegible (DOP, IGP o producción ecológica certificada).
Capítulo IV: ser entidad con personalidad jurídica propia y autonomía de gestión de una DOP, IGP o de la Producción Ecológica Certificada, y disponer de un Plan de Acción de información y promoción.
Las actuaciones subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
No tener la consideración de empresa en crisis ni estar sujeto a una orden de recuperación de ayudas declaradas ilegales por la Comisión Europea.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Declaración responsable, documentación acreditativa según capítulo (escritura de constitución si es persona jurídica, declaración de ayudas de minimis en el Capítulo III, Plan de Acción en el Capítulo IV). Modelo y contenido completo en el Anexo VIII de las bases.
canal
Sede electrónica de la Administración Pública del País Vasco, mediante los trámites específicos habilitados para cada línea de ayuda.