Ayudas a asociaciones de ganaderos de razas puras de Bizkaia
Beneficiarios
quien
Asociaciones de criadores de razas puras de ganado de producción y asociaciones profesionales y empresariales de ganaderos/as que representen un subsector ganadero y aporten al PIB agrario.
cultivos
ganadero
geografico
Territorio Histórico de Bizkaia (País Vasco).
actividades
Organización de certámenes ganaderos, creación o mantenimiento de libros genealógicos, pruebas de calidad genética/rendimiento, seminarios, cursos de formación y viajes; actuaciones de funcionamiento, promoción de subsectores, formación y asistencia técnica. Ejecución: 01/01/2026 a 31/12/2026.
Cuantía
maximo
El importe máximo por beneficiario no ha sido publicado.
pres_total
600.000€ (ejercicio 2026). El crédito puede ampliarse hasta en 3.000.000€ adicionales según disponibilidad presupuestaria, sin necesidad de nueva convocatoria.
condiciones
Intensidad de la ayuda variable según actuación (ver desglose en Cuantía.importe_unidad). Ayuda exenta de notificación individual a la Comisión Europea al ampararse en el Reglamento (UE) 2022/2472, de exención por categorías en los sectores agrícola y forestal (artículo 27).
importe_unidad
Para asociaciones de criadores de razas puras: hasta el 80% del coste total para organización de certámenes ganaderos; hasta el 100% del coste para creación o mantenimiento de libros genealógicos y dietas de asistencia a certámenes; hasta el 70% del coste para pruebas de calidad genética o rendimiento; hasta el 50% del coste para seminarios, cursos y viajes. Para asociaciones profesionales y empresariales: hasta el 80% del coste total para actuaciones de funcionamiento y promoción de subsectores; hasta el 50% del coste para seminarios, cursos y viajes.
Plazo de solicitud
Fin
14/07/2026
Inicio
01/07/2026
Tipo de procedimiento
tipo
Concurrencia competitiva - canónica
Condiciones especiales
Si la dotación presupuestaria no resulta suficiente para atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos, el órgano competente realizará un reparto proporcional (prorrateo) entre las personas beneficiarias del importe global máximo asignado a la subvención.
Requisitos principales
Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de Asociaciones del Gobierno Vasco, con domicilio social y fiscal en Bizkaia, y tener un objeto social vinculado a la defensa y representación de los intereses de los sectores ganadero y/o agrario, sin finalidad lucrativa.
Cumplir con los compromisos adquiridos en cualquier ayuda agraria anterior y no estar incursas en procedimientos de reintegro o sancionadores, ni haber sido sancionadas por discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa de igualdad.
Las asociaciones de criadores de razas puras deben cumplir con el artículo 26.4 del Real Decreto 45/2019, acreditando personalidad jurídica propia, personal e instalaciones adecuadas, capacidad para registrar genealogías y controlar rendimientos, una población suficiente de animales reproductores y un reglamento interno que prevea la ausencia de discriminación entre afiliados.
No ser empresas en crisis según la definición del Reglamento (UE) nº 651/2014, ni estar sujetas a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea.
El listado completo de requisitos puede consultarse en el artículo correspondiente de las bases reguladoras
Proceso de solicitud
docs
Solicitud normalizada con presupuesto detallado y relación de socios; memoria técnica del programa; documentación de explotaciones, especies/razas y medios destinados; certificado de entidad autorizada para libros genealógicos (si aplica); ficha de domiciliación bancaria. Para gastos superiores a 40.000€ (obras) o 15.000€ (servicios/suministros), acreditar tres ofertas de proveedores. Listado completo en el Decreto Foral 64/2026.
canal
Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia. También se admiten presolicitudes presentadas antes de la publicación del Decreto Foral.